Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 8 de Marzo de 2012, expediente 7.447/2005

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2012

Poder Judicial de la Nación CAUSA N° 7447/2005 MUÑÍZ, A.J.C.G., ALI-

JUZG. N° 9 CIA MARTA S/ CESE DE USO DE MODELOS Y

SECR. N° 17 DISEÑOS. DAÑOS Y PERJUICIOS.

En Buenos Aires, a los 8 días del mes de marzo de dos mil doce reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, para conocer en recurso interpuesto en autos: “MUÑÍZ, A.J.C.G.,

ALICIA MARTA S.A. S/ CESE DE USO DE MODELOS Y DISEÑOS. DAÑOS Y

PERJUICIOS”, respecto de la sentencia de fs. 389/393, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía ser efectuada en el siguiente orden: señores Jueces de Cámara doctores R.V.G., S.B.K. y A.S.G..

A la cuestión planteada, el señor Juez de Cámara doctor R.V.G. dijo:

I.A.J.M. inició demanda ordinaria contra A.M. Garrido a fin de que se la condene al cese de uso y pago de los daños y perjuicios ocasionados por la utilización en infracción del Modelo Industrial registrado bajo el N° 71.783, del cual es titular.

Relató que posee la titularidad de dicho modelo desde el 22 de diciembre de 2003,

el que reivindica un calzado femenino de taco alto, que se distingue y caracteriza por el original y ornamental aspecto de su talonera, que se encuentra rodeada de una tira que sujeta el calzado al USO OFICIAL

tobillo en forma envolvente.

Destacó que el diseño del calzado ha sido ideado y desarrollado por ella en forma exclusiva, y que actualmente lo comercializa y fabrica con una tecnología especial de muy elevada calidad. Añadió que, asimismo, se ha ocupado de promocionar estos zapatos, los que, por su originalidad, los vuelve particularmente aptos para la danza.

Aseveró que vende este artículo exclusivo no sólo a nivel nacional, sino que también personas provenientes del exterior viajan especialmente para adquirir este producto.

Informó que en el expediente correspondiente a la medida cautelar –que tengo a la vista- se encuentra agregado un paquete por separado con una muestra de calzado de fabricación de la actora.

Narró que en diciembre de 2004 tomó conocimiento de la fabricación y comercialización en el mercado, por parte de A.M. Garrido, de calzados de idénticas características y destinados al mismo uso que el protegido por el Modelo Industrial N° 71.783,

los cuales eran distribuidos con el nombre de fantasía “Bailarín Porteño – Tienda de Tango”,

nombre que lleva además el local de la calle Suipacha 251 de la Capital Federal, en el cual compró un par de zapatos identificado con el número de artículo 030 – G2 con...

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