Alianza Frente Union Riojana - Distrito la Rioja

Fecha de la disposición 6 de Julio de 2011

Miércoles 6 de julio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.185 32

4) Tener por registrada el Acta Acuerdo de distribución de aportes económicos a los partidos polÃticos por cantidad de votos obtenidos a los fines de lo dispuesto en la Ley 26.215 de financiamiento de los Partidos PolÃticos.

5) Hacer saber a los señores apoderados que deberán cumplimentar con lo dispuesto por la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos PolÃticos, haciendo extensiva la obligación a los partidos integrantes de la Alianza.

6) Comunicar la presente Resolución a la Excma. Cámara Nacional Electoral, Dirección Nacional Electoral y de Reforma PolÃtica, Director del BoletÃn Oficial y Tribunal Electoral Provincial.

7) ProtocolÃcese, notifÃquese y ligase saber.

Daniel Herrera Piedrabuena, Juez Federal.

  1. 06/07/2011 N'º82089/11 v. 08/07/2011 % 32 % ALIANZA FRENTE POPULAR RIOJANO Distrito Provincial La Rioja La Rioja, 22 de junio de dos mil once.

    Autos y Vistos:

    Los autos caratulados: “Frente Popular Riojano s/Inscripción de Alianza Electoral”, Expte.

    N'º88/11 y la presentación de fs.21/23, efectuada por el Dr. Gustavo Nicolás Moreno y la Dra.

    Andrea Melina Brizuela, apoderados de la alianza “Frente Popular Riojano”, de lo que:

    Resulta:

    I) Que a fs.21/23 de autos se presenta el Dr.

    Gustavo Nicolás Moreno y la Dra. Andrea Melina Brizuela en su carácter de apoderados de la alianza electoral “Frente Popular Riojano” y solicitan la correspondiente inscripción y registro de dicha alianza electoral para participar en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y elecciones Generales convocadas para los dÃas 14 de agosto y 23 de octubre del corriente año, respectivamente.

    II) Que manifiestan que a la alianza “Frente Popular Riojano” la integran los partidos polÃticos:

    “Movimiento de Acción Vecinal” y “Partido Unión Celeste y Blanco” con personerÃa jurÃdico-polÃtica de distrito. Acompañara la siguiente documentación: Actas de autorización de los organismos partidarios competentes para la conformación de la presente alianza (fs.1/5), Acta de Constitución de la alianza “Frente Popular Riojano” (fs.6/8),

    Plataforma Electoral (fs.9/10), Bases de Acción PolÃtica (fs.11/12), Acta de designación de responsables económicos-financieros (fs.13), Acta de designación de Presidente y Tesorero del “Frente Popular Riojano” (fs.14), Acta Acuerdo de distribución de aportes públicos (fs.15), Reglamento Electoral (fs.16/19), aceptación de cargos de las autoridades designadas (fs.20).

    III) Que producido el informe de SecretarÃa de fs.24 donde se da cuenta que los partidos:

    “Movimiento de Acción Vecinal” y “Partido Unión Celeste y Blanco”, cumplen con los requisitos de los artÃculos 3'º inc. c), 7 y 10 de la Ley 23.298 y sus modificatorias (23.476, 26.215 y 26.571).

    IV) Que corrida la vista a la señora Fiscal Federal subrogante (fs.24) la misma es evacuada a fs.25, aconsejando hacer lugar a lo solicitado.

    Y Considerando:

    Que a criterio del suscripto, la documentación acompañada por los apoderados de la Alianza “Frente Popular Riojano” se encuentra en un todo de acuerdo a lo previsto en el art. 10 y concordantes de la Ley 23.298 -Orgánica de los Partidos PolÃticos- (modificada por la Ley 23.476, 25.611) y 26.571 y lo prescripto por la Ley 26.215 (modificada por ley 26.571) de Financiamiento de los Partidos PolÃticos.

    Por ello y en virtud de lo dictaminado por la señora Fiscal Federal subrogante;

    Resuelvo:

    1) Tener a la alianza âFrente Popular...

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