Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Mayo de 2008, expediente P 73242

Presidente del tribunalNegri-Pettigiani-Genoud-de Lázzari-Kogan
Número de expedienteP 73242
Normativa aplicadaCPE Art. 166 Inc. 2,LEY 25882
Fecha14 Mayo 2008

Dictamen de la Procuración General:

La entonces Sala Primera de la Cámara de Apelación de San Isidro —en lo que para el caso interesa destacar- condenó aM.J.A. a la pena de cinco años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlo coautor responsable del delito de robo agravado por el empleo de armas; art. 166 inc. 2º del Código Penal (v. fs. 252/255).

Contra ese pronunciamiento se alza el defensor oficial del encausado, quien interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 259/262 y vta.).

Denuncia la violación de los arts. 150, 251/4, 258, 259 incs. 4º y 5º del ritual anterior, y 166 inc. 2º del Código Penal. Invoca distintos pronunciamientos de V.E. que considera respaldatorios de su postura.

Cuestiona el encasillamiento legal. Propicia la aplicación de la figura de robo simple.

Pone el crisis la verificación del uso de arma por parte de su representado. En ese sentido, opina que comprobar la cuestión merced a la utilización de la evidencia testifical contraviene la doctrina legal de V.E. sobre la aplicación de la calificante de mención. También, que hay dos testigos que aclaran no haber visto arma alguna en poder del procesado, y que por esa razón, aplicar la figura calificada constituye absurdo meritativo.

El recurso no puede prosperar.

A la vista del pronunciamiento advierto que el sentenciante tiene por plena prueba de la existencia del arma en la perpretración del hecho, a la afirmación de ambos damnificados con tal alcance, adicionando a lo anterior la circunstancia de que el elemento en cuestión resultó incautado en poder de uno de los coacusados (v. fs. 253 vta.).

El feble ataque del apelante no consigue desestabilizar en modo alguno la conclusión anterior; no demuestra el absurdo que invoca ni explica porqué habría de atenderse exclusivamente a las manifestaciones de los testigos propuestos por la defensa.

Con relación a la cuestión, ese Superior Tribunal ha resuelto que "a los tribunales ordinarios le asiste la facultad de seleccionar —en ejercicio de la sana crítica- el material probatorio acopiado en la causa, para escoger de allí sólo las declaraciones testimoniales que les merezcan mayor credibilidad, arts. 251 y 253, C.P.P." (conf. causa P.46.649, sent. del 25-11-1.997). En sentido similar: P.62.440, sent. del 26-10-1.999; P.58.707, sent. del 16-9-1.997, entre otros.

Por lo expresado, es mi opinión que debe V.E. desestimar la queja examinada.

Tal es mi dictamen.

La Plata, 16 de marzo de 2001 -J.A. De Oliveira

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 14 de mayo de 2008, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresN., P., G., de L., K.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 73.242, "A. ,M.J. y otro. Robo calificado".

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de San Isidro, mediante el pronunciamiento dictado el 10 de septiembre de 1998 condenó aM.J.A. y aE.A.M. a la pena de cinco años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas -a cada uno de los nombrados-, por resultar coautores responsables del delito del robo agravado por el empleo de armas (arts. 5, 12, 19, 29 inc. 3º, 40, 41, y 166 inc. 2º del Código Penal -fs. 252/255-).

El señor Defensor Oficial de los imputados interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denunció violación a los arts. 150, 251/4, 258 y 259 incs. 4º y 5º del Código Procesal Penal y 166 inc. 2º del Código Penal (fs. 259/262 vta.).

Oído el señor S. General (fs. 336/337 y 385/385 vta.), dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el señor Defensor Oficial?

V O T A C I O N

A la primera cuestión planteada, el señor Juez doctor N. dijo:

I.1. Se agravia el recurrente de la calificación legal otorgada al hecho en juzgamiento, toda vez que se tuvo por acreditado el robo con armas de fuego a través de prueba testimonial (fs. 259 vta., punto IV). Solicita que se encuadre el hecho en el art. 164 del Código Penal.

Sostiene que se violan las disposiciones contenidas en los arts. 251/4 del Código Procesal Penal -según ley 3589 y modificatorias- en virtud de que la alzada tuvo por acreditado que "... tantoB. comoL. , testigos de la detención deA. , no advierten ningún arma en su poder habida cuenta queA. se habría desprendido de la misma minutos antes..." (v. fs. 261 1er. párr.) y a su parecer esto es "... afirmado por las fuerzas preventoras que intervinieron en el procedimiento. A ello se antepone la versión de los testigos ofrecidos por la defensa que no observaron elemento alguno en poder del encartado..." (fs. 261 1er. párr.in fine).

Agrega que "... si tenemos dos testigos hábiles -B. yL. - que dicen queA. en el momento de ser detenido no tenía ningún arma en su poder yM. es detenido en la finca en donde se produce el allanamiento (...) no se puede calificar el hecho como Robo Calificado por el empleo de armas..." (fs. 262 1er. párr.) y que...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex