Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 6 de Julio de 2010, expediente 15.846/2008

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 98230 SALA II

Expediente Nº 15.846/2008 (J.. Nº 52)

AUTOS: “A.B., SEBASTIÁN VICTOR C/ MARITIME AND

RIVER CORP S.A. S/ DESPIDO”

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 06-07-2010, reuni-

dos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente,

proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación:

El Dr. M.Á.M. dijo:

  1. El magistrado de grado receptó la acción impetrada por el Sr. A.B. contra Martime And River Corp S.A., condenando a esta última a abonarle la suma de $19.045 por los conceptos detallados a fs. 183/184.

    Por lo decidido por el Dr. R.J.T. se (fs.

    180/184) se alza la demandada en los términos del memorial de agravios que obra a fs. 198/200, los que merecieron replica del accionante a fs. 204/205.

    Asimismo, la representación letrada de la parte ac-

    tora (fs. 195) y el perito contador (fs. 197) cuestionan los honorarios que les fueran regulados por considerarlos reducidos, al tiempo que la demandada los apela por considerarlos elevados (fs. 201).

  2. Previo a resolver la queja de la demandada, preciso re-

    señar que el accionante refirió haber laborado como oficial albañil en diferentes obras de la demandada (dedicada a la construcción) y denunció que su empleador le abonaba sus salarios de manera irregular, que en fecha 22-06-2006 fue intimado para retirar la libreta de fondo de desempleo y constancias de aportes, misiva que mereció

    el rechazo y la inmediata intimación a regularizar el vínculo laboral, el pago de adi-

    cionales, horas extras, francos, vacaciones y salarios de febrero a junio de 2006 y multas de ley, cuya omisión motivó el presente reclamo.

    La accionada, por su parte, negó los hechos reseñados;

    invocó una fecha de ingreso posterior y sostuvo que la relación se extinguió cuando el accionante se retiró de la obra el 31-03-2006. Sostuvo que el Sr. A.B. fue contratado como ayudante pintor, que tenía escasa experiencia y que no laboró

    horas extras.

    El sentenciante de grado concluyó que el actor acre-

    ditó que su ingreso databa de comienzos del 2005 y que se desempeñó para la de-

    Expte. N° 30.209/2008

    Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

    mandada hasta el mes de Junio de 2006, por lo que hizo lugar a los rubros indemni-

    zatorios y a los salarios reclamados en base a la escala salarial de convenio ($1.500)

    desestimando, en cambio, el reclamo en concepto de horas extras.

    Cuatro agravios componen la crítica de la demandada.

    El primer tramo del recurso persigue el reconocimiento de la eficacia probatoria de los dichos de la testigo L.E., que fueron desestimados en grado por el Dr.

    Tatarksy.

    Al respecto señala que la circunstancia de que la testi-

    go no haya estado en los lugares donde cumplió tareas el actor no resulta decisivo dado que la deponente era la encargada de liquidar los jornales del accionante.

    Si bien la jurisprudencia con la que coincido ha deter-

    minado que no reúne las exigencias del art. 116 de la L.O. el escrito de expresión de agravios que trasunta exclusivamente una mera disidencia con la forma en que el sentenciante ha analizado...

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