Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 22 de Julio de 2013, expediente 64.512

Fecha de Resolución22 de Julio de 2013

INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN A FAVOR DE JUNIOR A.C.A. VARADO EN

, CAUSA N° 357/13 (11854): "CORONEL SANTIAGO ANGEL SI INFRACCIÓN LEY 22.415",

~t J.N.P.E. N° 5, SecoN° 10 (Causa N° 64.512, orden N° 25.412, Sala "B"),

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Buenos Aires, 22. de julio de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de J.A.C.A. VARADO a fs. 23/27 del presente incidente contra la resolución de fs. 12/22 del mismo legajo, por la cual el señor juez a cargo del juzgado Ha qua"

resolvió: " ...1.- NO HACER LUGAR A LA EXCARCELACIÓN ...de J.A.C.A. VARADO (arts. 5° inc. c) de la Ley 23. 737y 316, 317y 319

del C.P.P.N oo. " •

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c:( El memorial presentado por la defensa de J.A.C.

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LL

AL VARADO a fs. 45/48 de este incidente, por el cual se informó en la O oportunidad prevista por el arto454 del C.P.P.N.

O

en :J

y CONSIDERANDO:

El señor juez de cámara Dr. R.E.H.

expresó:

  1. ) Que, por el recurso de apelación interpuesto por la defensa de J.A.C.A. a fs. 23/27 del presente incidente, se expresó: " ...No puede entonces menos que sorprender severamente el hecho de que en toda la resolución aquí apelada ni siquiera haya sido considerada por Jí:S.... Ia cuestión central en la que se funda mi pedido excarcelatorio; lo que constituye una falencia esencial que in valida entitativamente la resolución. En efecto: de haber v.s. considerado la autoatribución de responsabilidad de V.P. sobre los estupefacientes secuestrados en el hotel de la calle A.(.y que con arbitraria ligereza fueran inicialmente atribuidos a mi defendido, cuando éste compartía con aquél y otras personas la habitación donde se llevara a cabo el secuestro) tendría inevitablemente que considerar la inexistencia de todo elemento de prueba que pudiera incriminar a mi defendido ... ", " ...El arto404 establece que es nula la sentencia a la que le faltare o fuere contradictoria su fundamentación ... " y " ... Creemos haber demostrado que dicho requisito esencial no se da en el fallo aquí impugnado.

    Baste como sencillo ejemplo la absoluta omisión de v.s. de toda consideración respecto del hecho nuevo denunciado ...y su rechazo de dicho recurso a despecho de esa omisión decisiva; lo que hace a ésta incursa en la manifiesta violación de las normas más arriba citadas ... "(las transcripciones son copias textuales del original; confr. fs. 24/24 vta., 25 vta. y 26 del presente legajo).

  2. ) Que, con relación al planteo de nulidad aludido por el considerando anterior, cabe expresar que, según ha establecido este Tribunal en numerosas oportunidades, el postulado rector en lo que hace al sistema de las nulidades es el de la conservación de los actos. La interpretación de la existencia de aquéllas es restrictiva (confr. arto 2 del C.P.P.N.) y sólo procede la declaración cuando por la violación de las formalidades resulta un perjuicio real,

    actual y concreto para la parte que las invoca, y no cuando se plantean en el único interés de la ley o para satisfacer formalidades desprovistas de aquel efecto perjudicial (confr. R.. Nos. 367/00,671/00,682/00, 1170/00 Y533/07,

    entre muchos otros, de esta Sala "B").

  3. ) Que, para que la nulidad de una resolución se produzca por causa de vicios de la fundamentación, aquélla debe mostrar omisiones sustanciales de motivación; o resultar autocontradictoria, o arbitraria por apartamiento de las reglas de la sana crítica, de la lógica, de la experiencia o del sentido común; o estar basada en apreciaciones meramente dogmáticas. Estos defectos no se advierten en la resolución recurrida, que ofrece una motivación suficiente de lo decidido, independientemente de la coincidencia, o no, de este Tribunal con aquellas conclusiones.

  4. ) Que, por lo tanto, se advierte que lo expresado por la defensa de J.A.C.A. VARADO sólo constituye una discrepancia con los criterios vinculados con la cuestión de fondo debatida y con las conclusiones a las cuales se arribó por la resolución apelada, sin que por aquella circunstancia se encuentre mérito suficiente para declarar la invalidez del rechazo de la excarcelación del nombrado que se examina en este incidente.

  5. ) Que, con relación a la cuestión de fondo, corresponde expresar que en la causa principal, J.A.C.A. VARADO se encuentra procesado, con prisión preventiva, por considerárselo " ...autor penalmente responsable (art. 45 del c.P.) del delito previsto por el arto 5° inc. c) de la Ley 23. 737, por el hecho consistente en la tenencia para fines de comercialización de " ... TREINTA Y CINCO envoltorios menores, que contenían sustancia pulverulenta color blanca que se encontraban en el interior de una bolsa de nylon, color verde, que arrojara un peso total de 25,1 gramos la que sometida a la prueba de campo narcotest para la...

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