Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 17 de Septiembre de 2019, expediente CAF 024679/2016/CA001

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II EXPTE 24679/2016 “ALEGRE, F.M. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, de septiembre de 2019.- MA VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 118/121 vta., la Sra. Magistrada de primera instancia hizo lugar a la demanda iniciada por la parte actora -personal de la Policía Federal Argentina- condenando al Estado Nacional a incorporar al concepto sueldo, con carácter remunerativo y bonificable, las sumas correspondientes a los decretos 2744/93 (y sus modificatorios) y 2140/13, debiendo reliquidarse los restantes rubros en la debida proporción, conforme lo establecido en los considerandos I y II de la sentencia recurrida; respecto al decreto 2140/13, se abonara el retroactivo devengado por lo percibido en menos mensualmente a partir del 22/01/14 a lo Sres. Alegre, G. y V. y a partir del 25/01/14 al Sr. P., todo hasta la fecha en que fueron derogados los suplementos creados por el decreto 2140/13.

    En caso que los actores hayan sido transferidos a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la liquidación deberá practicarse hasta la fecha de su efectivo traspaso a la nueva fuerza.

    Dicho crédito se regirá por las condiciones previstas por el art. 22 de la ley 23.982 y se le aplicará la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A., hasta su efectivo pago.

    Finalmente, distribuyó las costas en el orden causado.

  2. Que contra tal resolución apeló la parte demandada a fs. 122, fundó su recurso a fs. 126/134, habiendo su contraria contestado traslado a fs. 136/141 vta..

    Se agravió de que se ordenara la incorporación con carácter “remunerativo y bonificable” a los haberes de la parte actora de los incrementos creados por los decretos 2140/13 y 2744/93 (y sus modificatorios).

    Manifestó que en función del decreto 380/17, publicado en el Boletín Oficial el 31 de mayo de 2017, quedaron sin efecto los suplementos establecidos por el decreto 2140/13.

    Fecha de firma: 17/09/2019 Alta en sistema: 18/09/2019 Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #28317684#243971671#20190910144708363

  3. Que en punto al planteo formulado respecto del decreto 2744/93, se ha resuelto que corresponde atribuir carácter remunerativo y bonificable a los suplementos establecidos por el decreto 2744/93 (confr.

    esta Cámara in rebus, “C., S. c/EN-Mº JS y DDHH-DTO 2744/93 s/Personal militar y civil de las FFAA y de SEG” -Expt. 41698/03-

    y “L., E.J.c.º Interior-PFA-DTO 2744/93 s/Personal militar y civil de las FFAA y de SEG” -Expt. 2858/03-, ambas del 19/03/09).

    En cuanto a los aumentos otorgados por los decretos modificatorios, cabe destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado “...aun cuando los decretos de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 861/07 -convalidados por ambas Cámaras del Congreso Nacional- y el decreto 884/08 hayan expresado que los suplementos creados por el decreto 2744/93 son particulares, no remunerativos y no bonificables, su carácter general -en tanto se aplican según su jerarquía a la generalidad del personal policial- desnaturaliza tal calificación a la luz del...

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