Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 13 de Marzo de 2018, expediente CNT 020751/2012/CA001

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº69183 CAUSA Nº20751/2012 SALA I JUZGADO Nº14 “ALEGRE ESCOBAR ULISES RAMON C/ SILVER CROSS AMERICA INC S.A. Y OTROS S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 13 de Marzo de 2018 VISTOS

Y CONSIDERANDO

  1. El desistimiento de acción y derecho, efectuado por la parte actora con relación a las codemandadas FUNDACION SANATORIO GÜEMES S.A. y de OBRA SOCIAL DE LA ÚNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA RECPUBLICA ARGENTINA (O.S.U.T.H.G.R.A.) y el acuerdo conciliatorio al que han arribado ambas partes a fs.482

    II- . En atención a lo manifestado por la demandante corresponde tener a la parte actora por desistida de la acción y el derecho respecto de las codemandadas indicadas en el párrafo anterior (art. 304 CPCCN) y dada la conformidad prestada a fs. 482, declarar las costas en el orden causado (art. 68, 2do. párrafo CPCCN).

  2. Que, examinados los términos del acuerdo al que las partes han arribado, la forma en que quedó trabada la litis, los elementos de prueba aportados a la causa y, fundamentalmente, los cuestionamientos efectuados en el memorial recursivo, no se advierte violación alguna a normas de orden público, ni que se encubra una renuncia a derechos indisponibles sino que, por el contrario, aquél importa una justa y equitativa composición de los derechos e intereses de las partes, por lo que corresponde acceder a su homologación (art.15 de la LCT).

  3. . En atención a la forma de finalización del proceso, el mérito, eficacia y la extensión de los trabajos realizados, el monto conciliado, las facultades conferidas al Tribunal por el art. 7º inc a) del decreto 16638/57 y las normas arancelarias de aplicación, corresponde regular los honorarios del perito contador en la suma de $ 60.000 ( pesos sesenta mil).

    V.E. a la demandada SILVER CROSS AMERICA INC S.A. de tributar la tasa de justicia (art.42 de la LO).

    Fecha de firma: 13/03/2018 Firmado por: G.G., JUEZA DE CAMARA Firmado por: M.C.H., JUEZA DE CAMARA #20589138#201069826#20180313150407557 Poder Judicial de la Nación

  4. T. presente lo demás...

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