Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 15 de Noviembre de 2021, expediente CNT 004028/2016/CA001
Fecha de Resolución | 15 de Noviembre de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL
TRABAJO - SALA I
Causa N°: 4028/16
ALDERETE ESPINOLA GENARO C/ AMERCON S.A. S/ LEY
22.250
Juzgado Nº 77 Sentencia Interlocutoria Sala I
Buenos Aires, de de 2021.
VISTOS:
Los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada el 4 de octubre de 2021 y por el perito contador el 5 de octubre de 2021,
contra la regulación de honorarios de fecha 28 de septiembre de 2021;
Y CONSIDERANDO:
I.F. al mérito, la eficacia y la extensión de los trabajos realizados, los resultados obtenidos, lo normado por el art.38 de la LO y las disposiciones arancelarias de aplicación vigentes a la época de las tareas ponderadas a los fines regulatorios (arts.1º, 6º, 7º, 8º, 9º, 14, 19, 37 y 40 de la ley 21.839, art. 16 y conc. de la ley 27.423, art.3° inc. b y g del decreto ley 16.638/57 y lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en Fallos: 319: 1915 y 341:1063), el Tribunal considera que el monto regulado en grado luce elevado, por lo que corresponde reducir los honorarios del perito contador a la suma de $12.320 equivalente a 2 UMAs a la que deberá
adicionarse el IVA.
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Por su parte, el límite y prorrateo establecido por la ley 24.432 (art. 505 Código Civil) no es aplicable al acto regulatorio de honorarios, sino al oportuno reclamo de las costas a quien o quienes resultaren responsables por ellas, quien o quienes podrán solicitar la aplicación de aquella limitación o prorrateo en la etapa prevista por el artículo 132 de la Ley 18.345, y es por ello que se propone el tratamiento de lo interpuesto en dicha oportunidad.
Fecha de firma: 15/11/2021
Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.D.R., PROSECRETARIO DE CAMARA
Por todo ello, el TRIBUNAL
RESUELVE:
Reducir los honorarios del perito contador a la suma de $12.320 equivalente a 2 UMA a la que deberá adicionarse el IVA.
H. saber a las partes que la totalidad de las presentaciones deberá efectuarse en formato digital (CSJN, punto Nro.11 de la Ac.4/2020,
reiterado en los Anexos I y II de la Ac.31/2020).
R...
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