Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 23 de Febrero de 2011, expediente 484/2007

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2011

INCIDENTE DE APELACIÓN EN CAUSA W 484/2007 CARA TULADA: "ALBO ASIP S.A.

S/INFRACCIÓN LEY 24.769" J.N.P.T. W 3, CAUSA N° 60.907 po 339 ORDEN N° 23.515, SALA "B" .

Buenos Aires, 2.2> de febrero de 2011.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 666/671 de los autos principales por la defensa de J.A.G. contra la resolución de fs. 648/659 vta., por la cual el juzgado Ha qua" dispuso el procesamiento del nombrado y dispuso trabar embargo sobre los bienes de aquél hasta cubrir la suma de trescientos treinta y tres mil pesos ($333.000).

El memorial de fs. 56/61 de este incidente, por el cual la defensa de J.A.G. informó en los términos previstos por el arto 454

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del C.P.P.N .

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L1. y CONSIDERANDO:

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en :) 1°) Que, en la causa principal se investiga la presunta comisión del delito tipificado por el arto 1 de la ley N° 24.769 por la posible evasión, por parte de los responsables de ALBO ASIP S.A., del pago del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al período 2004, por la suma de $191.206,54.

  1. ) Que, por la declaración indagatoria de fs. 528/529 vta. de los autos principales, J.A.G. manifestó que nunca desempeñó el rol de administrador de la sociedad, que las actas de asamblea y directorio de las cuales surge que había sido designado presidente de la sociedad nunca habían sido inscriptas ante la Inspección General de Justicia y que, por este motivo, no era el presidente formal. Además, agregó que las tareas de contabilidad estaban a cargo de un estudio contable.

  2. ) Que, de las constancias de la causa surge que J.A.G. habría ocupado el cargo de presidente de ALBO ASIP S.A. desde el año 2001 en adelante y que el nombrado habría ejercido el cargo, toda vez que habría sido el único autorizado a operar en las cuentas bancarias de la sociedad durante el ejercicio 2004 (confr. el informe de fs. 100/1 04 del Banco Ciudad de Buenos Aires, informe de fs. 110/112 del Stándard Bank, informe del Banco Itaú Buen Ayre de fs. 124 y 247/248); además, los empleados de la sociedad indicaron a J.A.G. como responsable de ALBO

    ASIP S.A.; por otro lado, durante el proceso de fiscalización J.A.G. realizó presentaciones en representación de ALBO ASIP S.A. en el carácter de presidente.

  3. ) Que, en efecto, por la declaración testifical de fs. 113/114

    vta., C.Q.F., quien habría sido empleado de ALBO ASIP

    S.A. , manifestó: " ...J.G. titular de la empresa Albo Asip no me realizó los aportes jubilatorios correspondientes a los años trabajados,

    asimismo...

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