Alberto Fernández se exime de pagar derechos de exportación para sus aviones presidenciales con una norma de la dictadura

Tango 011

A contramano de las medidas que regulan al sector privado, el Gobierno se autoeximió del pagar derechos de exportación para los aviones que componen la flota presidencial o repuestos que podrían estar en sus talleres. El motivo expresado es que se necesitan repuestos que solo se producen en el exterior, requieren exportar temporariamente las unidades para su arreglo y mejora o bien hacer un "exchange" ( dar un avión en desuso al proveedor en el extranjero a cambio de uno nuevo), lo que generaría una exportación definitiva. Sin embargo, en la práctica, no es necesario eximir a un avión de ninguna norma ya que contantemente los aviones salen de la Argentina a realizar diferentes reparaciones o mantenimientos.

La particularidad es que esas prerrogativas no rigen para el sector aeronáutico privado.

La decisión fue oficializada a través de un decreto (162/2022) con la firma de Alberto Fernández, Martín Guzmán, ministro de Economía y Juan Manzur, jefe de Gabinete, en el Boletín Oficial.

"La Subsecretaría de Planificación General de la Secretaría General de la Presidencia solicita la exención del pago de los tributos que gravan la exportación para consumo de mercadería relacionada con las reparaciones de las aeronaves de la flota de la Presidencia de la Nación ", detalla la medida oficial.

Cristina Kirchner junto a Rafael Correa en el Tango 01 en julio de 2009

Para justificar la medida, el Gobierno alude a una ley del 5 de julio de 1971, durante el gobierno de facto de Roberto Marcelo Levingston. Brinda un régimen de exenciones impositivas para la importación de bienes que se destinen a obras y servicios contratados o que se contraten con afectación a los "servicios afectados a la seguridad y medios de transporte del Excelentísimo señor Presidente de la Nación en el ámbito de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación".

En relación con este artículo, el Gobierno asegura que se habilita "para importar libre del pago de tasas y tributos todos los elementos necesarios para mantener operativa la flota aérea de la Presidencia de la Nación".

La justificación es que las tareas de reparación dependen "casi en su totalidad" de la adquisición de elementos a proveedores internacionales, ya que las aeronaves han sido fabricadas por empresas extranjeras. "Además de ciertas importaciones, se deben realizar operaciones de exportación -generalmente hacia los Estados Unidos de América y a distintos países de Europa", dice.

Las exportaciones a...

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