ALBERA, HECTOR MARTIN ALEJANDRO c/ CURATOLA, INES LAURA s/DILIGENCIAS PRELIMINARES
Número de expediente | CIV 070256/2021/CA001 |
Fecha | 21 Octubre 2021 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J
70256/2021
ALBERA, H.M.A.c., INES
LAURA s/DILIGENCIAS PRELIMINARES
Buenos Aires, 21 de octubre de 2021. (MG)
AUTOS: Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
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Vienen las presentes actuaciones a la Sala, en formato digital, para conocer del recurso de apelación subsidiario, interpuesto por la parte actora, contra la resolución dictada el 17 de septiembre de 2021, mediante la cual, la Sra. Juez “a quo” se declara incompetente para entender en estos obrados.
Para así decidir y concluir que, en orden a lo normado por el artículo 2336 del Código Civil y Comercial de la Nación,
corresponde que esta causa tramite por ante el mismo tribunal que entiende en el proceso sucesorio de don H.P.A.(..
n°16924/2020, en trámite por el Juzgado Civil y Comercial N°2, del Departamento Judicial de la Matanza, Provincia de Buenos Aires),
ameritó que la acción ha sido entablada por uno de los coherederos presentado en dichos obrados y que mediante la misma se requieren diligencias preliminares encaminadas a la promoción de acciones que conciernen al acervo hereditario.
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El accionante da fundamentos a su recurso en el memorial que digitaliza y se incorpora al Sistema de Gestión de causas el día 20 de septiembre de 2021 (fs.6) y, el pasado 18 de octubre de 2021, dictamina el Sr. Fiscal ante esta Cámara, propiciando la revocación de la declaración de incompetencia.
En su crítica, dejando de lado los derechos que afirma serán colacionables en el ámbito del fuero de atracción del juicio sucesorio de su padre, se agravia el recurrente de que no se haya considerado que las diligencias preliminares que solicita encuentran sustento en la acción que por daños y perjuicios que alega haber sufrido con motivo del accionar de una persona, a quién endilga Fecha de firma: 21/10/2021
Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J
responsabilidad por el ocultamiento del verdadero patrimonio relicto de su padre, mediante diversos actos, algunos de los cuales arguye simulados.
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Descripto brevemente el ámbito del presente recurso,
de manera liminar deviene necesario recordar que para la determinación de la competencia, corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda (artículo 4º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), siempre, claro está...
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