Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 13 de Noviembre de 2019, expediente CCF 007565/2000/CA002

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7565/2000 A.M.C. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERV PUB Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO En Buenos Aires, a los 13 días del mes de noviembre de 2019, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la S. II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dice:

  1. Los actores A.M.C., A., A.R., B.R.Á.A., B.C.M., C.E.L., C.N.M., C.D.A., C.A.M.I., G.C.C., L.B.H., L.R.A., M.E.A., M.R.L., M.M.Á., P.R.J., R.W., R.R.O., R.R., S.L.D. (confr. Anexo I, de fs. 1), iniciaron demanda contra el Comité Ejecutivo de la Sindicación de Acciones Clase C del Programa de Propiedad Participada de TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. –en adelante P.P.P.- de Telecom, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, y contra el Estado Nacional, -Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos; y Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-, por el reajuste del precio de recompra de las acciones Clase “C” de Telecom que les fueron adjudicadas con motivo de la adhesión que oportunamente realizaron, y que debieron de manera compulsiva vender al Fondo de Garantía y Recompra del P.P.P. de Telecom. Señalaron que la presente acción se funda en la lesión enorme sufrida por los actores, que significó la determinación de un valor de recompra (venta) insuficiente y la indeterminación del plazo de pago del saldo de precio de la recompra (venta). Solicitaron también intereses y costas.

  2. El magistrado de la anterior instancia, en el pronunciamiento de fs. 939/943, rechazó la demanda con costas por su orden. Para así decidir, se Fecha de firma: 13/11/2019 Alta en sistema: 15/11/2019 Firmado por: RICARDO

  3. GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #16024601#249537028#20191112102543768 remitió a los argumentos dados en el expediente 7.556/00 “ARTETA, C.R. Y OTROS C/ESTADO NACIONAL Y OTROS S/

    PROCESO DE CONOCIMIENTO”, de fecha 06.07.10, agregando su copia certificada a fs. 932/938 vta.

    En base a las consideraciones vertidas en el fallo al que se remite, sostuvo que el informe del perito contador no resultaba apto para probar debidamente la existencia de la lesión subjetiva y la diferencia de valores alegada, pues se trata de una información suministrada sobre otro tipo de títulos que no guardan relación con las acciones clase “C” afectadas al P.P.P.

    Agregó que el precio pagado por la...

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