Albayda S.A. S/ Quiebra (realizacion 3 Lotes) S/ Inc. de Realizacion de Bienes Inmueble

Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2009

Partida 149.715, Matrícula FRE 5-18055/9. Se trata de una cochera en el primer subsuelo. Base de Venta $ 20.000.- contado, seña 30%, comisión 3% sellado de ley 0,80%, arancel del 0,25% según acordada de la C.S.J.N. todo a cargo del comprador en efectivo, debiendo el comprador constituir domicilio dentro de la jurisdicción del juzgado; denunciar dentro del tercer día de efectuada la misma los nombres de sus comitentes en escrito firmados por ambos; dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin emplazamiento previo, deberá depositar judicialmente en el Banco de la Ciudad e Buenos Aires, Suc. Tribunales, a la orden del Suscripto y en la cuenta de autos el importe que corresponda abonar al contado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso en los términos del C.P.C. 584.- Hágase saber que en caso de corresponder el pago del I.V.A.por la presente compraventa el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. En todos los casos, en que por cualquier causa la aprobación de la subasta se efectúe trascurridos más de 30 días corridos desde la fecha de la celebración del remate, el comprador deberá abonar al contado el saldo de precio con más los intereses desde la fecha de la subasta y hasta el efectivo pago, que cobra el Banco Nación Argentina para operaciones ordinarias de descuento a 30 días (Conf. Cám. Com. en pleno 27-10-94 'S.A. La Razón s/ quiebra s/inc. Pago de los profesionales').Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones anteriores a la quiebra serán objeto de verificación en caso de así requerirlo los respectivos acreedores. Las deudas por los mismos conceptos originados entre el auto de quiebra y la fecha de posesión del inmueble por parte del comprador deben ser abonadas por la sindicatura como gastos del concurso (L.C. 240). Las deudas posteriores a esa fecha serán carga del comprador, con excepción, en caso de corresponder, de las referidas a las expensas comunes, conforme lo prescripto por el Art. 17 de la ley 13.512. Se encontrarán a cargo del adquiriente el pago del 100% del impuesto a la transferencia de inmuebles y sellados que deban abonarse por todo tramita referente a la transmisión del dominio adquirido. A tal fin de preservar la transparencia de la subasta ordenada en autos decretase la prohibición de 'compra en comisión' y 'cesión o trasferencia del boleto de compra'. Deudas: A.B.L. al 30/04/09 la suma de $ 205,21.- (Fs.315); Expensas al 10/02/09 la suma de $ 41,41.(Fs. 296); y Aguas Argentinas al 20/02/09 sin deuda (Fs. 289).Buenos Aires, 18 de septiembre de 2009.Paula E. Lage, secretaria.e. 24/09/2009 N° 81148/09 v. 25/09/2009 N° 5El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5, a cargo del Dr. Fernando M.Durao, Secretaría 9 a mi cargo, sito en la avda.Díag. Saenz Peña 1211 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días en los autos caratulados 'Banco Mayo CL s/Quiebra s/ Incidente de Venta de Inmuebles Calle 55 entre 7Y 8 Nº 634, UF Nº 62 y 63, La Plata', Expte. 61804), que el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el día 19/10/09 a las 11.30 hs., en la calle Tte. Gral Perón 1233 Capital Federal, rematará: dos inmuebles, se trata de dos unidades de cocheras en edificio afectado al régimen de propiedad horizontal que consta en su planta baja de locales comerciales, palier de acceso y cocheras, tres pisos altos con departamentos, subsuelo con cocheras y azotea.La U.F. 62, polígono I-20 consta de 16,25 m2., se ubica...

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