Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 5 de Junio de 2018, expediente CAF 002508/2018/CA001
Fecha de Resolución | 5 de Junio de 2018 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 2.508/2018: “ALBARRAZIN, C.A. c/
EN -M HACIENDA s/ AMPARO POR MORA”
Buenos Aires, 5 de junio de 2018. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:
I- Que, por sentencia del 20 de abril de 2018, la Sra. Juez de Primera Instancia hizo lugar -con costas-
a la presente acción de amparo por mora promovida por el Sr. C.A.A. contra el Ministerio de Hacienda y, en consecuencia, libró orden de pronto despacho para que -en el plazo de 20 días- se expidiera expresamente respecto a la solicitud de pago indemnizatorio efectuado por haberse acogido al régimen de la ley 27.133, con fecha 18/3/16 (v. fs. 81/3).
II- Que, contra la sentencia de primera instancia, interpuso recurso de apelación la parte demandada a fs. 85/9, que fue concedido a fs. 93.
El recurrente aduce que se encuentra justificado el proceder de su parte, dado que hizo conocer los hechos y circunstancias que han imposibilitado expedirse respecto de la petición del actor con mayor agilidad que la demostrada.
Indica que el expediente administrativo se ha encontrado en continuo movimiento y que la Administración ha seguido todos y cada uno de los pasos necesarios y que la mora se encuentra justificada, así como que el hecho que aún no se haya concluido el trámite no implica una resistencia a cumplir con lo ordenado. Refiere que el Estado Nacional a través del accionar de sus representantes y dependencias internas se ha encaminado a actuar con la diligencia que el caso requiere, por lo que no puede ser pasible de condena alguna, siendo su proceder conforme a derecho. Finalmente indica que devuelto el expediente por el organismo de control se procederá a la finalización del trámite en cuestión.
Por otro lado, cuestiona el plazo otorgado a los fines de dar cumplimiento con lo requerido, por considerarlo exiguo y, Fecha de firma: 05/06/2018 Alta en sistema: 11/06/2018 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #31196906#207654515#20180605111306014 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 2.508/2018: “ALBARRAZIN, C.A. c/
EN -M HACIENDA s/ AMPARO POR MORA”
al respecto, se limita a reiterar que no ha existido demora injustificada de su parte. También se agravia de la imposición de las costas del proceso y solicita que sean distribuidas en el orden causado.
A fs. 98, obra la contestación de agravios que ha sido...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba