Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita408/15
Número de SAIJ15090268
Número de CUIJ21 - 509910 - 9

ALBANO, S. c/ ASOCIACION EMPLEADOS DE COMERCIO DE ROSARIO Y/U OTROS -COBRO DE PESOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 408/15 Nº Saij: 15090268 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 264 Pág. de inicio: 035 Pág. de fin: 037 Fecha del fallo: 28/07/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces R.H.F.M.A.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS PROPIOS > SENTENCIA NO DEFINITIVA Tesauro > HONORARIOS > REGULACION Tesauro > UNIDAD JUS Tesauro > INCONSTITUCIONALIDAD CONSTITUCIONAL - PROCESAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA NO DEFINITIVA. HONORARIOS. REGULACION. UNIDAD JUS. INCONSTITUCIONALIDAD La queja interpuesta no puede prosperar, toda vez que el pronunciamiento que motivó la presentación del remedio extraordinario -que revocó la regulación de honorarios practicada en baja instancia y ordenó la remisión de la causa al Juzgado de origen para la realización de una nueva regulación de conformidad con las pautas establecidas en los considerandos, a la vez que difirió expresamente para la etapa procesal oportuna el tratamiento del planteo vinculado a la inconstitucionalidad del valor jus- no reúne el requisito de ser sentencia definitiva ni es interlocutorio con las características prescriptas en el artículo 1 de la ley 7055; y no se demuestra ni se advierte la existencia de un gravamen irreparable ni que el conflicto pudiera exceder el marco del interés meramente individual para afectar el de la comunidad toda. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 7055, artículo 1.

Texto del fallo Reg.: A y S t 264 p 35/37.

Santa Fe, 28 de julio del año 2.015. VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la co-demandada Asociación Mutual Empleados de Comercio de Rosario -AMECRO- contra la resolución 263 del 19.11.2012, dictada por la Sala Segunda -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Laboral de la ciudad de Rosario, en autos "ALBANO SERGIO C/ ASOCIACIÓN EMPLEADOS DE COMERCIO DE ROSARIO Y/U OTROS -COBRO DE PESOS- (EXPTE. 28/09)" (E.. C.S.J. CUIJ N°: 21-00509910-9); y, CONSIDERANDO:

  1. En el "sub lite" la Alzada acogió parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Mutual Empleados de Comercio de Rosario -AMECRO-, revocó el decisorio 484/11 y dispuso la remisión de los autos al Juzgado de baja instancia a fin de que se vuelvan a...

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