Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 28 de Julio de 2021, expediente FMZ 010731/2021/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 10731/2021/CA1
Mendoza, de julio de 2021.
Y VISTOS
Los presentes obrados FMZ 10731/2021/CA1, caratulados: "ALBA,
J.A. S/ HABEAS CORPUS”, originarios del Juzgado Federal
de Mendoza Nro. 3, venidos en consulta a esta Sala de Feria, en virtud de lo
previsto por el art. 10, 2do. párrafo de la ley 23.098.
Y CONSIDERANDO
1) Que las presentes actuaciones se inician con el escrito presentado
por el interno J.A.A., alojado en el Complejo Penitenciario
Federal VI, quien en los escritos de fecha 17/07/2021, 18/7/2021 y 19/7/2021
alega agravamiento en las condiciones de su detención, al encontrarse privado
ilegítimamente de su libertad y sometido a torturas por parte del F. y el
J. intervinientes en la causa que origina su detención –autos FMZ
13854/2020, solicitando el cese de esa situación.
En fecha 19/7/2021, el interno fue atendido en audiencia en los
términos del art. 14 de la ley 23.098 donde manifestó que: “En la presente
acción de habeas ejerzo mi autodefensa, quiero que le den vista de la presente
solicitud a la Procuración de Penitenciaría Federal (M. de Rosas 1830,
Ciudad), pedí estar en el Complejo con la población común, porque informó
el Complejo que no podía estar en el pabellón de funcionarios. Preferí estar
allí, con los riesgos que significa estar en ese lugar, con riesgo de que me
secuestren, por las cosas que pasan en los penales, pero prefiero eso a irme a
Ezeiza, porque perdería contacto con mi familia, por la distancia, por el
trabajo de mi señora, por el estudio de mis hijos. Aquí, las cosas son así, se
pelea, esa es la realidad, las cosas no se pueden evitar, uno de los internos
con los que estoy internado actualmente, porque estoy aislado, es loco, con
problemas psiquiátricos, tengo miedo que me haga algo, no se puede dormir.
He adelgazado 8 kilos, porque es pésima la comida, te prohíben el ingreso de
alimentos, prácticamente mi comida es galletitas y café, me subió la presión,
Fecha de firma: 28/07/2021
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
desde que estoy aquí, ahora me controlan, estoy bien, me daban las pastillas,
soy hipertenso emocional, aquí no me suministran medicación, la comida es
incomible, hay condiciones denigrantes, podría estar con una detención
domiciliaria, no hay riesgo de que me fugue y pueden disponer de todo mi
patrimonio, el que hice conocer, porque lo tengo formalmente declarado,
para garantizar mi sujeción a proceso, soy una víctima de lesa humanidad.
Soy víctima de lesa humanidad, estoy privado ilegítimamente de mi libertad,
esta privación se la adjudico al F.V. en connivencia con el J.
Puigdéngolas, me detuvieron sin absolutamente ninguna prueba, que pudiera
corroborar sus afirmaciones en los delitos de organizador de una
organización ilícita y por una causa de cohecho del año 2007 88445/A, que
me endilgaron, para esto el fiscal V. se basó en dos grupos de
colaboradores, uno integrado por el Dr. Carrizo y D.B.,
secuestrador y homicida, quien reviste la calidad de testigo estrella en la
causa en contra de Dr. B., el otro grupo de colaboradores, está integrado
por los doctores Cazaban, C., R. y A., entre todos éstos
organizaron unas declaraciones de arrepentidos de R. y A. como así
también B. con una testimonial donde me tildaron como organizador de
una organización ilícita, liderada por el J.B., estos acuerdos de
arrepentido se suscribieron el 12 de mayo de este año, he inmediatamente sin
absolutamente ninguna producción de prueba, el J. Puigdéngolas los
homologó para después detenerme el 08/06/2021. El día 09 me hicieron
comparecer ante el J. y F., de esa causa 13854/2020, Secretaría Penal
E, no declaré ese día, pedí declarar al otro día por escrito, donde me la
fijaron para 14 días después, y pude terminarla después de la tercera
audiencia donde declaré por casi 8 horas, terminé el 30 de junio de declarar.
En esas audiencias también acompañé un escrito de 32 páginas, donde
justificaba la utilidad y pertinencia de innumerables medios de prueba, me
hicieron lugar solo a dos pruebas, una, que era para que se oficiara al
Fecha de firma: 28/07/2021
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 10731/2021/CA1
Complejo Penitenciario VI, y otra para que se oficiara al Barrio Palmares,
esto era como consecuencia de la inversión del onus probandi, llevada a cabo
por el F. y J. ya que solo había sido detenido por dichos de personas,
esa prueba que me hicieron lugar era para desmentir y desacreditar una
reunión que dijo R. haber tenido con A., con B., con O., y con
mi persona en la casa de A., que vive en el Barrio Palmares, en una fecha
que oscilaba entre junio y setiembre de 2019 y que él se acordaba de esa
fecha porque fue al barrio Palmares a las 15.30 horas cuando venía del
Complejo Penitenciario
VI. Con la incorporación de esa prueba, quedó
totalmente desacreditada esa reunión, ya que R. había ido seis veces al
penal, dos fechas coincidían una con un viaje a Cuba de O. y otra a
Barcelona de B., por ende en esas dos fechas no hubo reunión porque
estaban de viaje, y las cuatro fechas restantes no hay registro de ingreso ni de
O. ni de mi persona al Barrio Palmares. Se desarticuló así la reunión
donde R. dijo que era su primer contacto con la asociación ilícita, donde
B. le daba la bienvenida, formalmente, lo admitía, y desde donde se
deducía que O. y yo éramos los organizadores de esa asociación ilícita.
Luego de los acuerdos de arrepentidos, tanto R. como A.,
manifiestan en forma expresa que jamás tuvieron trato conmigo, por ninguna
causa en la que ellos intervinieran. R., A. y B., describen el
funcionamiento de esta asociación ilícita de manera totalmente
contradictoria. Para ello deberán solicitarse las constancias
correspondientes. Con toda esta prueba analizada no tengo ni
responsabilidad ni relación alguna con ninguno de los imputados por ello es
que menciono que estoy privado ilegítimamente de mi libertad, en dos
ocasiones me han subido personal penitenciario (Unidad 32) al despacho del
F. V. donde me ha dicho expresamente que la única...
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