Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 10 de Febrero de 2022, expediente CNT 006591/2012/CA002

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº CNT 6591/2012

(JUZG. NRO. 65)

Autos: “ALARCON ALDO C/TRANSPORTES JOSE BERALDI SA Y OTRO

S/ACCIDENTE – ACCION CIVIL“

Buenos Aires, 9 de febrero de 2022

VISTO:

La perito psiquiatra M.B., apela los honorarios que le fueron regulados, por estimarlos reducidos (presentación de fecha 2.6.2021).

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la perito psiquiatra M.B., no lucen adecuados, por lo que corresponde su elevación a la cantidad de $4.000 (PESOS CUATRO MIL) (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios de la perito psiquiatra, M.B., a la cantidad de $4.000 (PESOS CUATRO MIL).

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 10/02/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

G.L.C.

JUEZA DE CAMARA

C.P.

JUEZ DE CAMARA

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