AIR LIQUIDE AMERICAS BUSINESS SERVICES S.R.L.
Fecha de publicación | 01 Julio 2020 |
Sección | Sociedades,CONTRATO SRL |
Emisor | AIR LIQUIDE AMERICAS BUSINESS SERVICES S.R.L. |
Se hace saber que por instrumento privado de fecha 29 de junio de 2020 se constituyó la sociedad AIR LIQUIDE AMERICAS BUSINESS S.R.L. de la siguiente manera: 1) Socios: (a) AIR LIQUIDE INTERNATIONAL S.A., CDI 30-71184713-4, inscripta en IGJ el 20 de diciembre de 1978, bajo el N° 196, Libro 51, Tomo B de Sociedades Constituidas en el Extranjero, con domicilio constituido en Esmeralda 1038, piso 8, of. 17, C.A.B.A., Argentina; (b) AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., CUIT 30-50085213-1 inscripta en IGJ el 10 de marzo de 1915, bajo el N° 12, Libro 39, Tomo 349 de Sociedades por Acciones, con domicilio constituido en Uruguay 1037, piso 7, CA.B.A., Argentina; 2) Instrumento privado de constitución de fecha 29 de junio de 2020; 3) Denominación social: AIR LIQUIDE AMERICAS BUSINESS S.R.L.; 4) Sede social: Uruguay 1037, piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 5) Objeto Social: La prestación de los siguientes servicios o ejecución de actividades por cuenta propia o a través de terceros, dentro o fuera de la República Argentina: asesoramiento, consultoría, tercerización, gestión y/o prestación de servicios vinculados con la administración, personal y recursos humanos, salud laboral, seguridad y gestión ambiental y calidad, cumplimiento, tecnología de la información, finanzas, auditoría, contabilidad, proceso integral de compras, facturación, cobranzas, fiscal y cualquier otra área de gestión empresarial a cualquier tipo de entidades o negocios. Estos servicios incluirán todas y cada una de las modalidades, sistemas presentes o futuros de los mismos, bajo cualquier nombre presente o futuro y con cualquier tecnología conocida en el presente o que se cree en el futuro; y para desarrollar su objeto social, la Sociedad podrá: (1) Adquirir intereses o participación en otras entidades de cualquier tipo, uniones transitorias, grupos de colaboración, fondos de comercio, joint ventures y consorcios, participando en su constitución o creación o adquiriendo acciones o participación en aquellas entidades ya existentes, uniones transitorias, grupos colaborativos, fondos de comercio, joint ventures o consorcios, y para enajenar o transferir dichas acciones o participaciones, así como para promover, organizar y administrar cualquiera de dichas entidades, uniones transitorias, grupos de colaboración, fondos de comercio, joint ventures o consorcios; (2) Obtener y otorgar cualquier tipo de créditos o préstamos (con excepción de las operaciones a las que se refiere la Ley N° 21.526) con o...
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