Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Abril de 2009, expediente C 98747

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Negri-Kogan
Fecha de Resolución29 de Abril de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 29 de abril de 2009, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP., de L., S., N., K.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 98.747, "A. ,O.E. contraH. ,O.N. . Divorcio".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Familia del Departamento Judicial de Bahía Blanca se pronunció decretando el divorcio vincular de los cónyuges, por la causal de injurias invocada al entablar la demanda y las causales de adulterio e injurias graves alegadas en la reconvención.

Se interpuso, por la demandada reconviniente, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor P. dijo:

1. El Tribunal de Familia decretó el distracto matrimonial por la causal de injurias graves invocada por el actor, y las causales de adulterio e injurias graves alegadas por la demandada reconviniente.

Juzgó que la continuidad de la residencia de la cónyuge en el domicilio del señorM. , luego que la misma se retirara del hogar conyugal, la halla incursa la en la mencionada causal, pues "la circunstancia de ingresar ... a vivir temporalmente en el domicilio del vecino ... tras el retiro del hogar conyugal no es circunstancia que por sí sola constituya injuria grave, pues queda cubierta por la necesidad de aquélla de tener lugar dónde vivir. Pero habiéndose sumado a esto que luego continuó viviendo en la nueva casa del [vecino], ya la apariencia asistencial queda desplazada por revelarse a la percepción de terceros un vínculo entre ambos..." de modo que "dicha vinculación ...por su continuidad y proximidad adopta entidad sustitutiva de la cohabitación conyugal -al menos en apariencia-, constituyendo ... injuria grave" (fs. 107 vta.).

Fundamentó su decisorio en los siguientes elementos probatorios:

  1. Absolución de posiciones: En oportunidad de presentarse ante el Tribunal en el marco de la prueba confesional, la demandada "... admitió que al dejar el hogar conyugal pasó a residir en la vivienda deL.M.M. y que cuando éste se mudó pasó a vivir en su nueva casa..." (fs. 105 punto 7 a).

  2. Informe socio-ambiental anexo en la causa 10.865: El relevamiento del trabajador social "... corrobora que la demandada reside en este domicilio, propiedad deL.M. , quien también vive allí, e ilustra que depende económicamente de éste, dicha vivienda tiene dos dormitorios, uno de los cuales utilizanH. y su hija..." (fs. 105 punto 7 b).

  3. Declaración testimonial deR.S.P. rendida en los autos "A. ,O.E. c/H. ,O.N. s/ Incidente de cesación de cuota alimentaria": El testigo contestó en los mencionados obrados que, siendo vecino, vio que la demandada salía con el señorM. y que "... se los ve juntos ahora también. Conviven en la casa que viven ellos..." (fs. 105 vta punto c).

  1. Contra dicha decisión interpone la demandada reconviniente recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley denunciando la errónea interpretación de los arts. 214...

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