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87. Son considerados agentes auxiliares del comercio, y, como tales, sujetos a las leyes comerciales con respecto a las operaciones que ejercen en esa calidad:
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Los corredores;
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Los rematadores o martilleros;
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Los barraqueros y administradores de casas de depósito;
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Los factores o encargados, y los dependientes de comercio;
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Los acarreadores, porteadores o empresarios de transporte.