Agencia Ecuador Sa Pedido de Quiebra por Nuevo Banco Suquia Sa

Fecha de disposición23 Marzo 2009
Fecha de publicación23 Marzo 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31620

Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituído en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 20 de Julio de 2009 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 16 de Septiembre de 2009 y el 29 de Octubre de 2009 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El síndico designado es el contador Moises Gorelik con domicilio en Lavalle 1675 piso 12 dpto 9 y 10. Publíquese por 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art.

89 inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 12 de marzo de 2009.

Martín Sarmiento Laspiur, secretario.

e. 20/03/2009 Nº 18409/09 v. 27/03/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M. I.

Polotto, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 9 de Marzo de 2009, en los autos caratulados 'GIACONE EDUARDO, JOSE S/ PROPIA QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de GIACONE EDUARDO JOSE (DNI 16.939.709, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal,conapercibimientodetenerloconstituído en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 18 de Agosto de 2009 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 30 de Septiembre de 2009 y el 11 de Noviembre de 2009 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C. respectivamente. El síndico designado es el contador Hector Ricardo Martinez con domicilio en Independencia 2251 piso 5 dpto 40.

Publíquese por 5 días sin necesidad de pago previo sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 12 de marzo de 2009.

Martín Sarmiento Laspiur, secretario.

e. 20/03/2009 Nº 18410/09 v. 27/03/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M. I.

Polotto, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 3 de Marzo de 2009, en los autos caratulados 'INFORMATEC S.A. S/ QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de INFORMATEC S.A. (CUIT 30-69557499-8, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido.

Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces.

Se intima...

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