Afuera los fueros

La Cámara de Diputados de la Nación dispuso ayer, por 137 votos contra 49, permitirle a la Justicia que allane el domicilio particular y las oficinas del ex ministro de Planificación y actual diputado Julio De Vido, quien es investigado por enriquecimiento ilícito, además de hallarse procesado en tres causas judiciales por contratos ferroviarios y la tragedia de Once.

El cuerpo aprobó con ese fin un proyecto de resolución, presentado por el legislador oficialista Pablo Tonelli, luego de que el juez federal Luis Rodríguez se vio forzado a suspender un operativo en la casa de De Vido, quien se amparó en fueros parlamentarios que configuran una clara situación de desigualdad.

En el marco de la vida republicana, el sistema de privilegios o prerrogativas para algunos sectores que las propias leyes amparan daña irreversiblemente el principio constitucional de igualdad ante la ley que debe regir la sana convivencia democrática.

En estos convulsionados días, repletos de novedades y confirmaciones sobre hechos de corrupción ligados a quienes ocuparon el poder en la última gestión gubernamental, surge razonable e inevitablemente la pregunta respecto de cómo las propias leyes pueden amparar y evitar el avance de la Justicia en la búsqueda de la verdad.

En este sentido, la ley 25.320 del año 2000 plantea una suerte de "inmunidad de prueba" en el derecho procesal penal, inexistente en la Constitución, que favorece injustificadamente a los legisladores. La desigualdad se plantea con claridad, incluso frente al resto de los poderes del Estado, cuyos integrantes pueden ser allanados sin aviso y a sola firma de los jueces.

Esta ley es también írrita frente al debido proceso porque implica la absurda pérdida de sentido de una medida como el allanamiento, íntimamente ligado al factor sorpresivo, en cuanto exige que debe ser votada por las cámaras con la participación del propio imputado.

Por otra parte, constituye también un obstáculo procesal opuesto a las convenciones contra la...

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