Partido Afirmación Para Una República Igualitaria (a.R.I.) - Distrito Chaco S/presentación Informes Campaña Electoral Elecciones Presidente,senadores y Diputados Nacionales 28/10/2007 Expte.N° 2975/07

Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2008

a) Presidente; b) Vicepresidente primero; c) Vicepresidente segundo; d) Secretario General;

e) Secretario de Actas.

Las atribuciones de la mesa directiva y de la omisión de poderes y sus funcionamientos serán fijados por el reglamento que el propio Congreso dicte a tal efecto, utilizando supletoriamente el reglamento de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco hasta tanto lo fije.

Artículo 35

to. El Congreso Provincial tendrá su sede en el domicilio del Partido, pero podrá constituirse en cualquier partido de la Provincia, en el local, día y hora que designe la convocatoria. Sus deliberaciones se regirán por el reglamento que el propio cuerpo dicte, siendo de aplicación supletoria el reglamento interno de la Cámara de Diputado de la Provincia de ésta Provincia. El quórum para sesionar será de la mitad más uno de sus miembros, si no se logra transcurrido los primeros treinta minutos del horario de convocatoria, sesionará con los miembros presentes.

Artículo 36

to. Corresponde al Congreso Provincial: a) Dictar su propio reglamento; b) Corregir por el voto de la mayoría simple a cualquiera de sus miembros, por desorden o suspenderlo por el voto de dos tercios; c) Constituirse en tribunal de alzada de la sanciones dispuestas por el Tribunal de Disciplina; d) Requerir y recibir informes que estime necesarios de los organismos partidarios, de los afiliados que desempeñen cargos partidarios o electivos;

e) Dar directivas que estime corresponder a los distintos organismos partidarios; f) Aprobar y sancionar el programa de acción política y plataformaelectoral;g)FacultaralaJuntaDirectiva Provincial a llevar a cabo y concretar iniciativas en materia política electoral y concretar alianzas;

h) Ejercer la supervisión general del partido pudiendo dejar sin efecto las resoluciones de los demás organismos; i) Declarar la necesidad de la reforma de la presente Carta Orgánica por el voto de dos tercios de sus miembros y sancionar la misma por el voto de los dos tercios de los concejales presentes; j) Convocar a sesión extraordinaria por el voto de dos tercios de sus miembros, cuando razones de urgencia así lo requieran.

Artículo 37

mo.El Congreso se reunirá en forma ordinaria en el mes de abril de cada año, y en forma extraordinaria, cada vez que se cumplan con lo requisitos para ello, establecidos en la presente Carta Orgánica.

SECCION III: DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL CAPITULO I: TRIBUNAL DE DISCIPLINA Artículo 38vo. El Tribunal de Disciplina tiene las siguientes facultades: a) Conocer y dictaminar en todacuestiónrelativaalaconductadelosafiliados, sus deberes de disciplina partidarias, violaciones a la Carta Orgánica o de las resoluciones de organismos partidarios que pueden generar la aplicación de sanciones. Todas sus causas se sustanciarán por el procedimiento escrito que se reglamente, el cual deberá asegurar el derecho de defensa del imputado y dictaminará proponiendo las medidas a aplicar:a) Absolución;

b) Amonestación; c) Suspensión temporaria e la afiliación o adhesión; d) Descalificación; e) Expulsión, siempre con expresión de causa.

Corresponderá a aplicar indefectiblemente la medida de desafiliación automática cuando se trate de un afiliado legislador, concejal, o consejero escolar o de un miembro del ejecutivo nacional, provincial o municipal que se haya separado voluntariamente del bloque y/o del Partido Popular, y no se reintegre al mismo dentro de. los treinta (30) días corridos de haber sido intimidado fehacientemente por la autoridad partidaria. Corresponderá a aplicar indefectiblemente la cancelación de la afiliación por tiempo indeterminado cuando un afiliado integre la liste de otra fuerza política en oposición a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR