Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 17 de Abril de 2013, expediente Rc 117029

PresidenteNegri-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución17 de Abril de 2013
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 117.029"Afip-Dgi contra B., A.S.. Incidente de Revision".

//Plata, 17 de abril de 2013.

AUTOS Y VISTO:

Los señores jueces doctores N., G., K. y P. dijeron:

Que las cuestiones planteadas por el fallido -mediante patrocinio letrado- en la impugnación de fs. 225/233 vta., han sido adecuadamente consideradas en el dictamen obrante a fs. 238/241 vta., cuyos fundamentos (referidos a que las críticas esgrimidas por el recurrente -vinculadas a la imposición de las costas y a que los actos procesales efectuados por la revisionista A.F.I.P., en el marco de las ejecuciones individuales, no tienen aptitud interruptiva del curso de la prescripción ya que se trataron de medidas infructuosas o bien de anotaciones en los correspondientes registros de propiedad que no se han oportunamente renovado y, por ende, caducaron a los cinco años de su inscripción- son insuficientes, atento a que en el escrito recursivo el apelante expone "...una simple argumentación paralela a la de los jueces de mérito, que en modo ninguno logra conmoverla, motivo por el cual queda sellada la suerte adversa de la queja incoada...") son compartidos por este Superior Tribunal y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

POR ELLO,de conformidad con lo aconsejado por el señor...

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