AFIP 3073/11. Impuesto a las ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras. Régimen de retención

Páginas293-295
Administración Federal de
Ingresos Públicos
AFIP 3063/11. Aportes de trabajadores
autónomos. Empleados en relación de
dependencia. Límite mínimo y máximo
de la base imponible.
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lacion.elderecho.com.ar
AFIP 3073/11 Impuesto a las ganancias.
Rentas del trabajo personal en re-
lación de dependencia, jubilaciones,
pensiones y otras rentas. Régimen de
retención (B. O. 4/4/11).
Considerando:
modicatorias y complementarias, estableció
un régimen de retención en el impuesto a las
ganancias aplicable a las rentas comprendidas
en los incisos a), b), c) —excepto las corres-
pondientes a los consejeros de las sociedades
cooperativas—, y e) del art. 79 de la ley de
impuesto a las ganancias, texto ordenado en
1997 y sus modicaciones.
Que oportunamente se habilitó, mediante
la resolución general Nº 2866, un procedi-
miento especial para el cálculo de las reten-
ciones correspondientes a los meses de julio
a diciembre de 2010 a través del incremento,
resoluCIones
en un veinte por ciento (20%), del valor de las
deducciones personales previstas en el art. 23
ordenado en 1997 y sus modicaciones.
Que a través de la resolución general Nº
3008 se aprobaron las tablas indicativas de
los importes de las deducciones acumuladas
en cada mes calendario aplicables al período
scal 2011 —a efectos de la determinación del
importe a retener—, manteniendo el incre-
mento indicado en el considerando anterior.
Que en línea con lo señalado en los con-
siderandos precedentes, y continuando con
la política permanente del Poder Ejecutivo
Nacional de instrumentar medidas que
resulten conducentes al fortalecimiento del
poder adquisitivo de los trabajadores, se
estima pertinente disponer un nuevo incre-
mento, en un veinte por ciento (20%), de
los importes de las deducciones personales
previstas en el art. 23 de la ley de impuesto
a las ganancias, texto ordenado en 1997 y
sus modicaciones.
Que en consecuencia, corresponde aprobar
las tablas indicativas de los importes de las
deducciones acumuladas en cada mes calen-
dario, las que se aplicarán para el cálculo de
las retenciones correspondientes a los meses
de abril a diciembre de 2011.
Que han tomado la intervención que les
compete la Dirección de Legislación, las Sub-
direcciones Generales de Asuntos Jurídicos,

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