Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 31 de Mayo de 2019, expediente CNT 051262/2015/CA002

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Causa N°: 51262/2015 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 47139 CAUSA Nº 51.262/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 41 AUTOS: “AFFRE JORGE ALBERTO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/

accidente – ley especial”.

Buenos Aires, 31 de mayo de 2019.

VISTOS:

La demandada apela a fs.175 los emolumentos regulados a fs.171, porque los estima elevados.

También hay recurso del perito médico (fs.176), porque entiende baja su retribución.

Y CONSIDERANDO:

  1. El mérito y extensión de la labor desarrollada por los profesionales beneficiarios de las regulaciones cuestionadas, etapas del proceso cumplidas, la importancias de las conclusiones de los informes periciales para la forma de terminación del proceso, el monto de condena y lo normado por los Arts. 6, 7, 9 y 39 de la Ley 21.839, 38 de la LO y demás pautas arancelarias que resultan de aplicación vigentes al tiempo de lo principal de las actuaciones letradas y a las fechas de presentación de ambas pericias, a juicio del Tribunal, las sumas reguladas en concepto de honorarios lucen adecuadas y ajustadas a derecho, por lo que se confirman.

  2. En relación al agravio de la demandada respecto de la aplicación del límite incorporado al art.505 CPCCN por el art.8º de la Ley 24.432, cabe puntualizar que, esta S. ya se ha expedido en precedentes similares en el sentido de que el límite y el prorrateo allí

establecidos no son aplicables al acto regulatorio de honorarios sino al oportuno reclamo de las costas a quienes resultaren responsables de ellas, que podrán solicitar para entonces la aplicación de aquella limitación y prorrateo, por lo que corresponde desestimar el planteo efectuado en esta oportunidad.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados en la Resolución del 15 de febrero de 2019 (fs.171). 2) Desestimar en esta oportunidad el planteo efectuado por la parte demandada respecto de aplicación de la limitación incorporada al art. 505 del CPCCN por el art.8 de la Ley 24.432. 3) Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art.1º de la Ley 26.856 y con la acordada de la...

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