ADN.Consideración jurídica acerca de la ley 26549

AutorAlberto Giordano

La votación fue 57 votos a favor y uno negativo, gracias al respaldo general de todos los bloques opositores a excepción del senador de Salta Agustín Pérez Alsina. También se aprobó la creación del Banco nacional de Datos Genéticos.

Este proyecto forma parte de un conjunto de iniciativas enviadas por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner semanas atrás, en el marco de un homenaje a los integrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al cumplirse el 30 aniversario de su histórica visita al país en plena dictadura.

En los fundamentos del proyecto, se sostiene que el Estado tiene “el deber jurídico” de prevenir razonablemente las violaciones a los derechos humanos “a fin de identificar a los responsables de imponerles sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación”.

La norma modifica el artículo 218 bis del Código Penal para permitir que el juez ordene el secuestro de objetos que contengan células desprendidas del cuerpo de personas de las que se sospeche que su identidad fue alterada.

La iniciativa es parte de los compromisos anunciados por el Estado argentino y refrendadas en una “solución amistosa” ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La extracción de ácido desoxirribonucleico, responde a un pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo, luego de que en junio pasado la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal impidiera a los organismos de Derechos Humanos ser querellantes en la causa Esma.

La norma establece que un “juez podrá ordenar la obtención de ADN del imputado o de otra persona, cuando ello fuere necesario para su identificación o para la constatación de circunstancias de importancia para la investigación”.

“Serán admisibles mínimas extracciones de sangre, saliva, piel y cabello u otras muestras biológicas”. No obstante, se establece que la extracción debe ser practicada del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración su género y cualquier otra circunstancia en particular”.

El texto del proyecto también establece que “si el juez estimara conveniente podrá ordenar la obtención de ADN, por medios distintos a la inspección corporal, como el secuestro de objetos que contengan ya desprendidas del cuerpo, para la cual podrá ordenar el registro domiciliario o la requisa personal”.

En ningún caso regirán las prohibiciones del artículo 242 del Código Procesal Penal, donde se establece que “no podrán testificar en contra del...

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