Decisión Administrativa 769/2014

Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 769/2014

Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº 45/2013.

Bs. As., 12/9/2014

VISTO el Expediente Nº 2002-7076/13-6, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 2018 de fecha 19 de diciembre de 2013 se autorizó el llamado a Licitación Pública para la adquisición de medicamentos antirretrovirales y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución.

Que con fecha 30 de enero de 2014 se procedió a la apertura de las CATORCE (14) ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 45/2013 del MINISTERIO DE SALUD.

Que no se obtuvieron ofertas para los renglones 7, 9 y 28.

Que obtenidos los informes pertinentes la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD emitió el Dictamen de Evaluación Nº 62 de fecha 30 de mayo de 2014 aconsejando la adjudicación de las ofertas válidas de menor precio, hasta completar las cantidades licitadas, correspondientes a las firmas LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. para los renglones 1 (primer parcial), 13 (primer parcial) y 14 (primer parcial); LABORATORIO LKM S.A. para los renglones 1 (segundo parcial), 5, 13 (cuarto parcial) y 14 (segundo parcial); LABORATORIO DOSA S.A. para el renglón 17 (primer parcial); GLOBAL FARM S.A. para los renglones 3 y 4; MICROSULES ARGENTINA S.A. de S.C.I.I.A. para el renglón 8 (primer parcial); FRESENIUS KABI S.A. para los renglones 8 (segundo parcial) y 17 (segundo parcial); GLAXOSMITHKLINE ARGENTINA S.A. para los renglones 10, 11, 15 y 16; DR. LAZAR Y CIA. S.A.Q. e I. para el renglón 12; IVAX ARGENTINA S.A. para el renglón 13 (segundo parcial); LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A. para el renglón 13 (tercer parcial); MERCK SHARP & DOHME (ARGENTINA) INC. para el renglón 19 y ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. para los renglones 20, 21, 22, 23 y 24.

Que asimismo en el mencionado dictamen se aconseja desestimar la oferta presentada por la firma BOEHRINGER INGELHEIM S.A., por constituir la garantía de mantenimiento de oferta con una vigencia menor al plazo de mantenimiento establecido en su propuesta, y la oferta presentada por LABORATORIO DOSA S.A. para el renglón 27, por no ajustarse a los requerimientos técnicos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que también en el citado dictamen no se recomienda la adjudicación de los...

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