Decisión Administrativa 382/2014

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE EDUCACION

Decisión Administrativa382/2014Dase por autorizada contratación.

Bs. As., 21/5/2014

VISTO el Expediente AUC Nº 570/12 del Registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario D.

Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna las requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

Que en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA es de vital importancia la contratación del agente lan KUSCHEVATZKY para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada jurisdicción.

Que a fin de posibilitar la contratación del mencionado agente en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 corresponde exceptuarlo de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE...

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