Decisión Administrativa 343/2014
Fecha de disposición | 06 Mayo 2014 |
Fecha de publicación | 15 Mayo 2014 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Número de Gaceta | 32884 |
SECRETARIA DE CULTURA
Decisión Administrativa343/2014Contratación en el Instituto Nacional del Teatro.
Bs. As., 6/5/2014
VISTO el Expediente Nº 621/13 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de excepción de lo previsto en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar la contratación del señor Pablo Martín CACERES (DNI Nº 24.984.040), destinado al ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece la reglamentación de la Ley Nº 25.164 y prevé en su Artículo 9, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias aprobaron las pautas para la...
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