Decisión Administrativa 214/2014

EmisorMinisterio de Seguridad
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2014



MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa214/2014Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo.

Bs. As., 1/4/2014

VISTO el Expediente Nº 9440/2014 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nº 328 del 7 de marzo de 2012, y sus modificatorios y Nº 48 del 14 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que a través del Decreto Nº 48/14 se crearon la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES y la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, ambas dependientes de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que, a fin de optimizar la capacidad de respuesta de la SECRETARIA DE SEGURIDAD, resulta necesario aprobar la estructura de primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES, y de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 348/1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2°

— Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3°

— Apruébase, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Coordinación de Asistencia Internacional en Emergencias y Catástrofes, cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 4°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 5°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Subsecretario en la organización, coordinación y ejecución de la respuesta ante emergencias y/o desastres de origen natural o causados por el hombre. Desarrollar las políticas de capacitación y la planificación de las actividades referidas a la protección civil para salvaguardar la vida, los bienes y el medio ambiente.

ACCIONES:

  1. Asistir al Subsecretario en la respuesta ante situaciones de emergencia y/o desastres y en la coordinación del despliegue de las Fuerzas Policiales y de Seguridad en las acciones de prevención y respuesta inmediata.

  2. Participar en la elaboración de los planes para promover la capacitación, racionalización, difusión y optimización del uso y empleo de los medios y de los recursos humanos disponibles para la preparación y la respuesta frente a emergencias y/o desastres vinculados a la protección civil.

  3. Intervenir en el desarrollo de las acciones de protección civil, en colaboración con los organismos federales, provinciales, municipales y de la sociedad civil.

  4. Coordinar el diseño de los planes y actividades de preparación y atención de desastres a desarrollar por los organismos de Protección/Defensa Civil de las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

  5. Organizar el Registro de Entidades y Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), creado por Resolución del ex MINISTERIO DEL INTERIOR, Nº 981 de fecha con competencia en las actividades de protección civil y sin fines de lucro, y del Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios en los términos del...

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