Decisión Administrativa 830/2013

Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2013



PRESUPUESTO

Decisión Administrativa830/2013Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Bs. As., 8/10/2013

VISTO la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 9, 12 y 13 de agosto de 2013, las empresas BLUE RIDGE INVESTMENTS L.L.C., en su carácter de actual titular del reclamo que surge del laudo dictado en el arbitraje “CMS GAS TRANSMISSION COMPANY V. REPUBLICA ARGENTINA” (caso CIADI ARB/01/8), de fecha 12 de mayo de 2005; CC-WB HOLDINGS LLC, en su carácter de actual titular del reclamo que surge del laudo dictado en el arbitraje “CONTINENTAL CASUALTY COMPANY V REPUBLICA ARGENTINA” (caso CIADI No. ARB/03/9), de fecha 5 de septiembre de 2008; VIVENDI UNIVERSAL SOCIEDAD ANONIMA y COMPAÑIA DE AGUAS DEL ACONQUIJA SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de titulares del reclamo que surge del laudo dictado en el arbitraje “COMPAÑIA DE AGUAS DEL ACONQUIJA SOCIEDAD ANONIMA Y VIVENDI UNIVERSAL SOCIEDAD ANONIMA (antes “COMPAGNIE GÉNÉRALE DES EAUX”) c/ REPUBLICA ARGENTINA” (Caso CIADI Nº ARB/97/3), de fecha 20 de agosto de 2007, y AZURIX CORP., en su carácter de titular del reclamo que surge del laudo dictado en el arbitraje “AZURIX CORP. V. REPUBLICA ARGENTINA” (caso CIADI No. ARB/01/12), de fecha 14 de julio de 2006, que tramitaran en el marco del CONVENIO SOBRE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES ENTRE ESTADOS Y NACIONALES DE OTROS ESTADOS (el “Convenio CIADI”) y con la empresa NG-UN HOLDINGS LLC, en su carácter de actual titular del reclamo que surge del laudo dictado en el arbitraje “NATIONAL GRID P.L.C. V. REPUBLICA ARGENTINA”, de fecha 3 de noviembre de 2008, celebrado de conformidad con el REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA COMISION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (el “Reglamento de la CNUDMI”) han presentado, cada una, una carta al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, ofreciendo una propuesta de cancelación de los reclamos que surgen de laudos arbitrales y definitivos dictados en los referidos arbitrajes.

Que dichas propuestas consisten en la cancelación de las citadas acreencias exclusivamente con títulos de deuda pública interna, por montos que suponen, por un lado, una quita importante sobre las sumas reclamadas y un plazo razonable de repago.

Que por otro lado las Empresas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR