Administradora Parque Central S.A.

Fecha de publicación07 Mayo 2010
Fecha de disposición07 Mayo 2010
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta31899

Medico, con DNI Nº 4.313.008, domiciliado en la Calle China Nº 4002 de la ciudad de Buenos Aires; Oscar Nimcowicz, divorciado, argentino, Medico, con DNI Nº 4.037.667, con domicilio en la calle Republica Arabe Siria Nº 2659 de la Ciudad de Buenos Aires y Gustavo Jaime Wengrovski, casado, argentino, Contador, con DNI Nº 8.321.791, con domicilio en la calle Gascon Nº 1090 de la Ciudad de Buenos Aires en adelante los cedentes, socios de Tecnotenis Sociedad de Responsabilidad Limitada en la cual poseen doce mil cuotas sociales (12.000) cada una de peso uno (1), y por el otro lado los Señores Gustavo Fabián Costa, soltero, argentino, Comerciante, con DNI Nº 22.355.741, con domicilio en la calle Cazon Nº 1890,

Lanas; Maximiliano Adolfo Daian, soltero, argentino, con DNI Nº 21.982.803, con domicilio en la calle Av. Caseros Nº 3402 de la Ciudad de Buenos Aires y la Srita. Carina Verónica Pérez, soltera, argentina, con DNI Nº 23.599.880, con domicilio en la calle ltapiru Nº 575, Lanus, en adelante los cesionarios, convienen la presente cesión de cuotas.

Los cedentes, venden, ceden y transfieren la cantidad de doce mil cuotas sociales (12.000) de peso una (1) cada una, o sea pesos doce mil ($ 12.000) de la siguiente manera: 4.200 cuotas sociales son cedidas a la Srita. Carina Verónica Perez; 3.600 cuotas sociales son cedidas al Sr. Gustavo Fabian Costa;

y 4200 cuotas sociales son cedidas al Sr.

Maximiliano Adolfo; por el precio único y total de pesos doce mil ($ 12.000) pagaderos en efectivo en este acto a los Señores Armando Chible Rebechini; Oscar Nimcowicz y Gustavo Jaime Wengrovski, sirviendo el presente convenio de suficiente recibo y formal carta de pago. Los socios cedentes se desvinculan de la sociedad a partir del día de suscripción del presente renunciando además los Señores Armando Chible Rebechini y Oscar Nimcowicz a sus calidades de gerentes con efectos a partir de igual fecha, resultando enteramente desobligados de todas las obligaciones sociales contraídas o a contraerse desde el día de hoy, dejándose constancia expresa que quedan igualmente cancelados todos los saldos de su cuenta particular en dicha sociedad. El presente contrato de cesión de cuotas sociales deberá ser inscripto en la Inspección General de Justicia, asumiendo los cesionarios personalmente todas las obligaciones y cargas en tal sentido. Por lo expuesto se modifican los Artículos Nº 3º, 4º y 5º del Contrato Social de Tecnotenis S.R.L. quedando redactados de la siguiente manera: Articulo Nº 3: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: a) fabricación, compraventa, importación, exportación, representación, distribución, consignación, y explotación de calzados para niños y/o adultos y venta de las partes que componen los mismos; b) Fabricación, compraventa, importación, exportación, representación, distribución, consignación y explotación de prendas de vestir para niños y/o adultos confeccionadas en cualquier tipo de material; Articulo Nº 4: El capital social se fija en la suma de $ 12.000 (Pesos doce Mil), dividido en 12.000 (doce mil) cuotas de capital de $ 1 (Pesos Uno) valor nominal cada una y que confieren derecho a un voto. El mismo se suscribe totalmente en este acto, de acuerdo al siguiente detalle: por la socia Carina Verónica Pérez, cuatro mil doscientos (4200) cuotas; por el socio Gustavo Fabián Costa, tres mil seiscientas (3600) cuotas y por la socio Maximiliano Adolfo Daian, cuatro mil doscientas (4200) cuotas y el Artículo Nº 5: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más socios, quien revestirá la calidad de socio gerente, el/los que serán elegido/s en la asamblea en que se aprueben los balances anuales, con una duración de un año en su/s cargo/s pudiendo ser reelegido/s en forma indefinida. En tal carácter tiene/n todas las facultades para realizar actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social de la sociedad, inclusive los previstos en los Artículos 157 de la Ley 19550, 1881 del Código Civil y 9 del Decreto Ley 5965/93. Queda prohibido comprometer el uso de la firma social en garantías, fianzas o negocios ajenos al giro social. Autorizado por Instr. Priv. de fecha 30/4/10.

Abogado - Marcelo Oscar Aún Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:

4/5/2010. Tomo: 79. Folio: 741.

e. 07/05/2010 Nº 48116/10 v. 07/05/2010 TRANSPORTES 68

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Comunica que por escritura pública Nº 104 del 19/11/2009 se dispuso la cesión de cuotas:

Nicolás Hernán Aguirre cede, vende y transfiere 12.000 cuotas a favor de la socia Ester María Rodriguez, colocándola en su mismo lugar, grado y prelación.- Guillermo A. Symens Autorizado por escritura pública Nº 104 del 19/11/2009 ante la Escribana Silvana N. Arabolaza Registro 428.

Certificación emitida por: Silvana N. Arabolaza. Nº Registro: 428. Nº Matrícula: 2832. Fecha: 12/4/2010. Nº Acta: 004. Nº Libro: 23.

e. 07/05/2010 Nº 48119/10 v. 07/05/2010 VELEZGRIPS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Constituida por escritura del 31/03/2010,

Registro 1614. Socios: Hernán Pablo Velez, argentino, soltero, nacido 29/11/1979, DNI.

27.544.882, Técnico Cinematográfico, domicilio en Galicia 1504, Depto. 4 Capital, y Alfredo Daniel Velez, argentino, soltero, nacido el 30/07/1981, DNI. 29.007.610, Técnico Cinematográfico, domicilio en Av. Independencia 2394, P. 5 Capital.- Capital $12.000 dividido en 12.000 cuotas de valor nominal $1,- Objeto: Servicios para la Industria del Cine: Coproducciones...

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