ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE ORAN

Fecha de disposición14 Diciembre 2011
Fecha de publicación22 Diciembre 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

Aduana de Orán, 14/12/2011

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en España Nº 144 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.)

C.P.N. DANIEL A. SEGOVIA, Administrador (Int.), Aduana de Orán. — GUSTAVO GARCIA BRUNO, legajo 27112-8, AFIP, DGA, Aduana de Orán.

SUMARIO NRO.INTERESADOINFRAC. ART. CAIMPORTE MULTA11-621/3MECOZZI...

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