Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 12 de Junio de 2018

Fecha de Resolución12 de Junio de 2018
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita337/18
Número de CUIJ21 - 511707 - 8

Reg.: A y S t 283 p 14.

Santa Fe, 12 de junio del año 2018.

VISTOS: los autos "ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS contra MACAGNO Y CIA SAICF Y/O INDUSTRIAS CONAR Y/O MAGUREGUI, F.Y.P., P.M.. - EJECUCIÓN FISCAL - (EXPTE. CUIJ N° 21-00044722-3) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00511707-8); y

CONSIDERANDO:

  1. Dictado el pronunciamiento registrado en A. y S., T. 282, págs. 203/205, por el cual esta Corte rechazó la queja interpuesta por la Administración Provincial de Impuestos, la misma solicitó su aclaración (f. 32), puesto que la resolución mencionada, en su parte resolutiva, además de disponer el rechazo de la queja, declaró perdido para el recurrente el depósito efectuado. Sobre esto último funda su pedido de aclaratoria el interesado, en cuanto la API es un organismo oficial del Estado provincial, y como tal se encuentra exenta del pago del depósito contemplado en el artículo 8 de la ley 7055.

  2. Habrá de hacerse lugar a lo peticionado.

En efecto, la declaración que motivó la aclaratoria deducida no corresponde al caso, ello en virtud de lo dispuesto por el artículo 283, inciso a) del Código F. provincial -aplicable...

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