ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición12 de Junio de 2014

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

EDICTO Nº 314

Se le hace saber a la Sra. HELEN DEL TORO (Pasaporte Nº 205935643) que en la actuación 12228-703-2009, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación Nº 3, se le imputa la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el art. 954 incs. A), B) y C) del Código Aduanero, con respecto a la destinación 09 073 DSCE 009167 G, GUIA AEREA Nº 846918513390, citándolo para que en el perentorio plazo de 10 (DIEZ) días de notificado comparezca a los efectos de evacuar defensas y ofrecer pruebas de que intente valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía, todo conforme con lo prescripto en los Arts. 1001/1010/1101/1105, y cc. del citado cuerpo legal, y en caso de concurrir un tercero en su representación, deberá acreditar personería conforme a los art. 1030 s.s. del Código Aduanero.

Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, en la forma prevista por el Art. 1013 inc. g) del citado texto legal.

Se hace saber, que si dentro del plazo para contestar la vista realiza el pago voluntario del monto mínimo de la multa, cuyo importe asciende a la suma de $ 38.842,10 (PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 10/100), se declarará la extinción de la acción penal aduanera y no se registrara el antecedente (arts. 930 y 932 del C.A.), a tales fines no será necesaria la intervención del patrocinio letrado.

Asimismo, toda vez que la mercadería objeto de autos resultó ser de exportación prohibida por no contar con la...

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