ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Fecha de publicación30 Junio 2021
SecciónAvisos Oficiales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS


DIVISION SECRETARIA Nº 2

EDICTO

Código AduaneroLey 22.415: artículos 1013 inc. h) y 1112.

Por ignorarse domicilio, se cita a FERRARI, Quinto, (PAS IT N° YB0200323) para que en el marco de las Actuaciones N° 17165-527-2017, y dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 970 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.).

Se les hace saber que el pago de la multa mínima, cuya suma asciende a PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 28/100 ($31.880,28.-) y si efectúa el abandono de la mercadería en favor del Estado, por poseer la misma carácter de importación prohibida, abonando asimismo el valor en plaza de la mercadería en cuestión, cuya suma asciende a PESOS CIENTO UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 28/100 ($101.480,28.-) producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).

Asimismo, deberá integrar la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 20/100 (U$D...

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