ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COMODORO RIVADAVIA

EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COMODORO RIVADAVIA
SecciónAvisos Oficiales
Fecha de publicación28 Mayo 2021


Edicto de Notificación - Art. 1013 inc. i) Código Aduanero

Por desconocerse el domicilio de MAURO ALBERTO BARBAGALLO DNI N° 22.249.022, se le notifica por este medio que en las actuación 14791-6-2011, se emitió resolución aclaratoria, a requerimiento de ROLO ATILIO PERERA DNI N° 12.348.328, N° 67/2021 (AD CORI) la que textualmente dice: “Comodoro Rivadavia, 21/05/2021 VISTO:... CONSIDERANDO...RESUELVE: ARTICULO 1°- ACLARESE lo requerido por el Sr. Perera Rolo, dejando constancia que mediante la resolución 41/2021 (AD CORI) se resolvió CONDENAR a MAURO ALBERTO BARBAGALLO DNI N° 22.249.022 y a ROLO ATILIO PERERA DNI N° 12.348.328, al pago de una multa de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS ($10.403.531,16) en los términos del art. 876 inc. c) del Código Aduanero, atento resultar penalmente responsables del delito de contrabando agravado, arts. 864 d) y 865 a) del digesto en trato, en autos caratulados ““Barbagallo, Mauro Alberto y otros s/ Infracción arts. 864 inc. d), 865 inc. a) e i) del Código Aduanero” FCR N° 91001166/2011/T01. Ambos solidariamente responsables de la sanción impuesta. ARTICULO 2°- HACER saber a los interesados que contra del presente pronunciamiento podrán interponer recurso de alzada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en los términos del art. 1028 ap. 1° inc. a) de la ley 22.415, dentro de los tres días (3) días de notificada la presente, conforme art. 450 CPPN ccdte con 1174 de la ley 22.415. ARTICULO 3°- DEJAR sin efecto el art. 6° de la resolución 41/2021 (AD CORI), atento lo expuesto en al art. que antecede...” Firmado: Adrián Wilberger –...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR