ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Fecha de publicación25 Febrero 2021
SecciónAvisos Oficiales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN


Se hace saber a los abajo mencionados que se ha dispuesto correr vista en los términos del art. 1101 del Código Aduanero, de la actuación sumarial que se describe por el término de diez (10) días hábiles de notificados, más lo que corresponda adicionar por distancia (confr. art. 1036 del Código Aduanero) para que se presenten a estar a derecho, evacuen sus defensas y ofrezcan todas las pruebas de que intenten valerse en un mismo escrito, acompañen la documentación que estuviere en su poder y tomen vista de todo lo actuado bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes (conforme arts. 1001/1011, 1101, 1103, 1105 y concordantes del Código Aduanero) imputándoseles la infracción que se detalla en cada caso.

Hágaseles saber a los sumariados que, conforme a lo normado en los arts. 930, 932 del citado Código, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa y el abandono a favor del Estado de la mercadería en infracción atento que corresponde le comiso de la misma; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado. La notificación de la presente produce los efectos del art. 794 del texto legal antes citado sobre los intereses que pudieren corresponder con relación al importe de los tributos reclamados.

Asimismo se informa a los abajo nombrados que en caso de presentarse a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar la personería...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR