ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN REGIONAL MICROCENTRO

Fecha de publicación26 Mayo 2020
SecciónAvisos Oficiales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN REGIONAL MICROCENTRO


LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS II DE LA DIRECCIÓN REGIONAL MICROCENTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, sita en la calle Sarmiento N° 1155, Piso 2°, Frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco (5) días que se ha dictado la siguiente Resolución: “Buenos Aires, 15/05/2020, La jefa (Int.) de la División Revisión y Recursos II de la Dirección Regional Microcentro de la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos RESUELVE: ARTICULO 1º: Determinar de oficio con carácter parcial, por conocimiento presunto de la materia imponible, la obligación tributaria de la contribuyente HOPE FUNDS HOLDING S.A., inscripta en este Organismo bajo la C.U.I.T. Nº 30-71210184-5, con relación al Impuesto a las Ganancias por los períodos fiscales 2013 y 2014, y establecer un impuesto a ingresar total de $ 686.786,79 y la suma de $ 1.546.438,86 en concepto de intereses resarcitorios, de conformidad a la normativa vigente, calculados hasta el 15/05/2020. ARTICULO 2º: Se deja expresa constancia que se efectúa reserva de la eventual aplicación de sanciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Penal Tributaria, respecto de los períodos fiscales 2013 y 2014. ARTICULO 3º: Intimar para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, ingrese los importes a que se refiere el artículo 1° de conformidad con las normas vigentes, debiendo comunicar en igual plazo, la forma, fecha y lugar de pago a la Agencia en la cual se encuentra inscripta, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por la vía de ejecución fiscal en caso de incumplimiento u omisión de comunicar la presentación de los recursos previstos en el artículo 76 de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) a esta División Revisión y Recursos II de la Dirección Regional Microcentro, sita en la calle Sarmiento N° 1.155, Piso 2º -Frente- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 16:00 horas. ARTÍCULO 4º: Dejar expresa constancia, a los...

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