ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN REGIONAL NORTE

Fecha de publicación12 Junio 2019
SecciónAvisos Oficiales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN REGIONAL NORTE


EL JEFE (int.) DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL NORTE DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS sita en la calle Jaramillo 1595 piso 7° en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, comunica por cinco (5) días que se ha dictado la siguiente resolución: “CABA 07/06/2019 … RESUELVE ARTICULO 1°: Determinar de oficio la materia imponible y la obligación tributaria de la contribuyente PAGUE ACA S.A., inscripta ante este Organismo bajo la C.U.I.T. Nº 30-71211805-5, frente al Impuesto a las Ganancias por el ejercicio fiscal 2013, de acuerdo a lo indicado en el considerando pertinente, según el siguiente detalle:





ARTICULO 2°: Imponerle la obligación de ingresar la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 36/100 ($ 435.586,36) en concepto de Impuesto a las Ganancias, ejercicio fiscal 2013. ARTÍCULO 3°: Disponer la obligación de ingresar en concepto de intereses resarcitorios correspondientes al Impuesto a las Ganancias por el ejercicio fiscal 2013 previstos en el artículo 37 de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) que calculados conforme lo establece la normativa vigente ascienden a PESOS OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($ 818.998,10) calculados al 05/06/2019, que deberán ser reliquidados a la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4º: Diferir la aplicación de las sanciones administrativas correspondientes al Impuesto a las Ganancias por el ejercicio fiscal 2013, en virtud de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 24.769. ARTICULO 5°: Intimar para que dentro de los QUINCE (15) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la presente ingrese los importes a que se refieren los artículos 2° y 3° en las instituciones bancarias habilitadas conforme a las normas vigentes, debiendo comunicar en igual plazo, la forma, fecha y lugar de pago, en la Agencia en la que se encuentra inscripta, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía de ejecución fiscal en caso de incumplimiento. ARTICULO 6°: Poner en conocimiento a la responsable acerca de la existencia de Planes de Facilidades vigentes a efectos de regularizar su situación impositiva. Los mismos pueden ser consultados a través de la página web del Organismo, como así también puede dirigirse a la Agencia correspondiente a su jurisdicción. ARTICULO 7°: Dejar constancia expresa a los efectos dispuestos en el artículo 19 de la Ley 11.683 (t.o. 1998 y sus...

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