ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTO TOMÉ

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33144

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE SANTO TOMÉ

EDICTO

Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 113-2014/7, Caratulado: “MARTÍNEZ SERGIO, S/INF. ART. 985 DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 041/15 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “MARTÍNEZ SERGIO, D.N.I. N° 34.395.534”, con el COMISO de la mercadería secuestrada y al pago de la suma de PESOS: ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTITRES, CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 11.923,52), en concepto de multa equivalente a UNA (1) VEZ el Valor en Plaza de la mercadería comisada, por haberse configurado el tipo de infracción previsto y penado por los Arts. 985 del Código Aduanero —Ley 22415—, atento Registro de Antecedentes, en el Registro General de Infractores. ARTICULO 2°.- PROCEDER a la Destinación de la mercadería involucrada en autos, conforme normas vigentes. ARTICULO 3°.- HAGASE saber que contra la presente Resolución, podrá interponer el interesado, en forma optativa y excluyente, los recursos de Apelación o Demanda Contenciosa, ante la Justicia Federal, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de la notificación, en los términos de los arts. 1.132 y 1.133 del Código Aduanero, Ley 22.415. ARTICULO 4°.- Conforme lo descripto en el Art. 1° del Decreto 258/99, que sustituye el Art. 15 de la Ley 22.091, sustituído por el art. 2°, de la Ley 23.993, distribuye de acuerdo a lo descripto en el primer párrafo, deducción previa de los importes correspondientes a los honorarios de los profesionales fiscales, judicialmente regulados, en caso de corresponder en los incisos: a) VEINTICINCO POR CIENTO (25%), a Rentas Generales; b) el CINCUENTA POR CIENTO (50%) a la...

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