Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 25 de Octubre de 2016, expediente CCF 006184/2007/CA002

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa Nº 6.184/07/CA2 “ADECUA c/ Banco de la Nación Argentina y otros s/ proceso de conocimiento”

Buenos Aires, 25 de octubre de 2016.

Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos por las codemandadas Banco de la Nación Argentina (en adelante BNA) a fs. 1265 -fundado a fs. 1277/1280vta.-, Nación Seguros S.A. (en adelante Nación Seguros) a fs. 1270 y vta. -fundado a fs. 1282/1285- y Sancor Cooperativa de Seguros Limitada (en adelante Sancor a secas) a fs. 1275 -fundado a fs.

1287/1291vta.-, cuyos traslados merecieron la respuesta de fs. 1299/1313vta., contra la resolución de fs. 1258/1261, y CONSIDERANDO:

  1. El magistrado de la anterior instancia desestimó la totalidad de las excepciones opuestas por las codemandadas (Nación Seguros:

    incompetencia, prescripción y falta de legitimación pasiva; BNA: defecto legal; Sancor: prescripción), con costas (fs. 1258/1261).

    Contra esa decisión las accionadas interpusieron sendos recursos de apelación. El banco demandado se agravió por el rechazo de la excepción de defecto legal, mientras que las aseguradoras hicieron lo propio respecto de la prescripción oportunamente deducida al contestar la demanda.

    Las recurrentes exponen los argumentos que hacen a su posición en los respectivos memoriales agregados a fs. 1277/1280vta., fs.

    1282/1285 y fs. 1287/1291vta.

    La demandante contestó el traslado de ley pidiendo el rechazo de los recursos interpuestos (fs. 1299/1313vta.).

  2. El Tribunal sólo se ocupará de los aspectos decisivos de la controversia, sin entrar en consideraciones innecesarias para resolver la cuestión.

    En ese sentido, conviene señalar que la accionante Asociación de defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina -ADECUA- promovió demanda contra el Banco de la Nación Argentina Fecha de firma: 25/10/2016 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16116995#164625561#20161026052828015 y las compañías de seguro Nación Seguros de Vida S.A. y Sancor Cooperativa de Segutos Limitada, con el fin de proteger a los usuarios de las líneas de préstamo del banco del pago innecesario de seguros de vida a precios muy superiores a los de plaza, de acuerdo a los hechos y derecho invocados en el libelo de inicio (fs. 20/85vta.).

    Excepción de Defecto legal:

    1. El a quo tuvo en cuenta -en lo sustancial- que ninguno de los accionados contaron con impedimentos para contestar la demanda, ni existió estado de indefensión para las partes. También destacó el criterio restrictivo que rige en esa materia.

    2. La crítica de la recurrente (BNA), se concentra en que la actora no sabe concretamente qué es lo que reclama al interponer la demanda. Entre otras consideraciones, señala: “… la pretensión resarcitoria trasuntada en el escrito de inicio padece de los defectos legales de entidad tal que afectan al derecho de defensa de mi mandante, privándola de la posibilidad de oponerse adecuadamente a la demanda y dificultándole la producción de la prueba" -sic- (v. fs. 1278, anteúltimo párrafo).

    3. La excepción de defecto legal...

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