Expediente nº 15596/47 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 12 de Septiembre de 2018

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2018
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. n° 15596/18 "Acuña, M.S. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Clemente, J.A. y otros c/ GCBA s/ apelación - amparo - educación - vacante"

Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018

Vistas: las actuaciones indicadas en el epígrafe, resulta:

  1. La Ministra de Educación e Innovación M.S.A. interpuso ante el Tribunal -por derecho propio- una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (fs. 72/84 vuelta).

    El remedio que la presentación pretende sostener estaba dirigido contra la decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. que rechazó la apelación que la Ministra había articulado contra la resolución interlocutoria de primera instancia que hizo efectivo el apercibimiento previamente dispuesto en su contra y le impuso una multa de mil pesos diarios por el incumplimiento de una medida cautelar consistente en garantizar una vacante en un jardín maternal para la niña J.C.

  2. A fs. 83 vuelta la recurrente solicitó que se otorgara efecto suspensivo a la interposición de la queja.

    Fundamentos:

    Los jueces J.O.C., A.M.C. e I.M.W.:

  3. Conforme lo dispone el art. 32 de la ley n° 402, mientras el Tribunal Superior de Justicia no haga lugar a la queja no se suspende el curso del proceso aunque, excepcionalmente, el Tribunal puede suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso directo mediante resolución expresa.

  4. En el caso, sin embargo, la recurrente no propone razones suficientes para autorizar la adopción de la tesitura excepcional prevista en la norma citada (conforme este Tribunal in re: "Ministerio Público -Defensoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- s/ queja s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'V., V. y Oniszczuk, C.A. s/ infracción arts. 116, 117 y 118 Organizar y explotar juego'", expte. nº 5905/08, resolución del 24 de julio 2008, "Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Correo Oficial de la República Argentina SA s/ inf. falta de habilitación y otros'", expte. n° 4808/06, resolución del 4 de octubre de 2006 y "M., A.L. y otros s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'M., A.L.; M., N.L. y otros s/ ley 255 [Junín 1787]'", expte. n° 4087/05, resolución del 6 de septiembre de 2005, entre otros).

  5. La Ministra Acuña se limita a sostener que "… el pronunciamiento recurrido impide el debate de la sanción impuesta al funcionario de modo previo a su...

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