Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Acuerdo nº 17 de Sala Acordadas, 23 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2010
EmisorSala Acordadas

La necesidad de agilizar los trámites que se realizan en los tribunales del fuero de familia, descongestionando las barandillas en la medida de lo posible.

Y CONSIDERANDO: I) Que son numerosas las consultas que efectúan los particulares en las Asesorías Letradas de Familia, las que en su mayor parte, resultan ajenas a la problemática que se atiende en las mismas. Al respecto, tales consultas pueden ser evacuadas por la Mesa de Atención al Ciudadano que funcionará en el mismo edificio.

II) Que se hace necesario la instalación de una Oficina de Notificadores y U. en el edificio que ocupan los tribunales del fuero en esta ciudad, con el fin de agilizar la entrega y retiro de cédulas de notificación que se libren en las distintas causas y por cualquier Juzgado, Cámara o Asesoría Letrada del fuero.

III) Se crea una "Oficina de Recepción de Trámites" en la cual los Sres. Letrados presentarán los escritos dirigidos a los tribunales y la documentación que correspondiere. Serán cargadas y refrendadas las copias pertinentes. En casos de urgencia se lo hará constar y el escrito será elevado de inmediato al Tribunal que correspondiere.

IV) Se arbitrarán los medios pertinentes para adecuar los espacios físicos y la...

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