Acuerdo Reglamentario Nº 1202 - Serie 'A'

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición30 de Abril de 2014
CÓRDOBA, 21 de mayo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 74 Primera Sección 3
Resolución N° 7
Córdoba, 12 de Mayo de 2014
VISTO: El Expte. 0040-053417/2014 en el que
se tramita el cambio de cargo del DUEE 62 Ej.
2012 del Ministerio de Educación, intervenciones
ordenado a pagar números 1, 2 y 3.
Y CONSIDERANDO:
Que el citado DUEE, que atiende pagos con
recursos afectados, fue emitido con cargo al
Tesorero General.
Que, por tener como fuente de financiamiento
recursos con afectación específica, es
conveniente que el cargo del DUEE recaiga
sobre el Servicio Administrativo que maneja
dichos recursos.
Que el artículo 70 del Anexo A de la
Resolución 004/2011 de la Secretaría de
Administración Financiera (Compendio de
Normas y Procedimientos) establece
expresamente cuál debe ser el cargo en
cada caso, haciendo centro en el monto o
en la causa del DUEE.
Que, en casos como el presente y conforme
al artículo 71 del mismo Compendio, solo
puede disponerse la modificación del cargo
por esta Dirección de Tesorería General y
PODER
EJECUTIVO
Crédito Público, mediante Resolución que será
comunicada al Tribunal de Cuentas, a la
Contaduría General de la Provincia y al Servicio
Administrativo.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) MODIFICAR el cargo del Documento Único
de Ejecución de Erogaciones 62 Ejercicio 2013
del Ministerio de Educación, intervenciones
ordenado a pagar 1, 2 y 3, el que será con
cargo al Servicio Administrativo del citado
Ministerio.
II) PROTOCOLICESE, dese comuníquese
al Honorable Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a Contaduría General de la
Provincia, al Servicio Administrativo del
Ministerio de Educación, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA
Y CRÉDITO PÚBLICOS
Decreto N° 1534 Córdoba, 30 de Diciembre de 2013
VISTO: El expediente N° 0047-015510/10/R5 del registro del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución Nº 763/13, se autorice la ejecución de los trabajos
modificatorios necesarios de efectuar en la obra: “REFACCIONES
GENERALES Y REPARACIONES DE INSTALACIONES en la
ESCUELA NORMAL SUPERIOR” JUSTO JOSÉ DE URQUIZA”,
ubicada en calle Constitución Nº 1040 - Ciudad de Río Cuarto -
Departamento Río Cuarto - Provincia de Córdoba”, y se adjudiquen
los mismos a la Empresa VADIEG S.A., contratista de la obra
principal, por la suma de $ 384.566,41.
Que en autos obra nota de la Dirección de Infraestructura Escolar
del Ministerio de Educación que da cuenta de la necesidad de
ejecutar tareas no previstas en el proyecto original pero necesarias
para mejorar los servicios y funciones del establecimiento.
Que surgen de las presentes actuaciones las tareas a realizar: 1)
Reposición de pisos graníticos y de madera, 2) Reposición de
vidrios, 3) Pintura látex en cielorrasos y muros interiores, 4) Pintura
esmalte en muros y carpinterías, 5) Guarda de madera para
protección de bancos y colgado de láminas, 6) Casilla de chapa
plegada, 7) Instalaciones sanitarias y 8) Instalaciones de gas.
Que obran incorporadas documentación y presupuestos de los
trabajos presentados por la contratista.
Que la Sección Costos de la Dirección General de Arquitectura,
manifiesta que evaluada la documentación exhibida por la contratista
de los trabajos solicitados y verificados por la Inspección de Obra,
elabora el Presupuesto de los mismos a la fecha de cotización
(Diciembre de 2010), ascendiendo el mismo a la suma de $
353.726,35, la cual representa un 19,62% del Presupuesto Con-
tractual.
Que asimismo destaca que la obra ha tenido una primera
redeterminación de precios por variaciones de costos al mes de
julio de 2011, lo cual implica que los trabajos adicionales de que se
trata actualizados ascienden a la suma de $ 384.566,41.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable - Nota de Pedido, en cumplimiento de lo establecido por el
artículo 13 de la Ley 8614.
Que se adjunta en autos el correspondiente Certificado de
Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de
Constructores de Obras (artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución
Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y
Vivienda).
Que de la documentación incorporada en autos se desprende
que los trabajos modificatorios del contrato de la obra encuadran en
las previsiones de los artículos 40, 41 de la Ley de Obras Públicas
N° 8614.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el Nº 536/13, por Fiscalía de
Estado bajo el Nº 1031/13 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCANSE los trabajos modificatorios
necesarios de efectuar en la obra: “REFACCIONES GENERALES
Y REPARACIONES DE INSTALACIONES en la ESCUELA NOR-
MAL SUPERIOR” JUSTO JOSÉ DE URQUIZA”, ubicada en calle
Constitución Nº 1040 - Ciudad de Río Cuarto - Departamento Río
Cuarto - Provincia de Córdoba”, consistentes en: 1) Reposición de
pisos graníticos y de madera, 2) Reposición de vidrios, 3) Pintura
látex en cielorrasos y muros interiores, 4) Pintura esmalte en muros
y carpinterías, 5) Guarda de madera para protección de bancos y
colgado de láminas, 6) Casilla de chapa plegada, 7) Instalaciones
sanitarias y 8) Instalaciones de gas, a la Empresa VADIEG S.A.,
contratista de la obra principal, por la suma de PESOS
TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
SESENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($
384.566,41), con un plazo de ejecución de treinta (30) días.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UN
CENTAVOS ($ 384.566,41), según lo indica la Dirección General
de Administración del Ministerio de Infraestructura en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/002353, de la siguiente
manera:Jurisdicción 1.50, Programa 520-000, Partida 12.06.00.00
del P.V.Ejercicio Futuro Año 2014.....................$ 384.566,41
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir el respectivo contrato, previo cumplimiento
por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes,
debiendo la contratista suscribir la Addenda correspondiente y
ampliar la garantía contractual pertinente. Artículo 4º.- El presente
decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura
y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la
Dirección de General de Administración del Ministerio de
Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Acuerdo Reglamentario Nº 1202 - Serie “A”. En la ciudad de Córdoba, a treinta días del mes de abril del año dos mil
catorce, con la Presidencia de su Titular Dr. Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia, Dres Aída Lucía Teresa TARDITTI, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL y María Marta
CÁCERES de BOLLATI, con la intervención del señor Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro Oscar MOYANO y la asistencia de
la Señora Directora del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y
ACORDARON:
VISTO: La solicitud efectuada por el Secretario de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, con motivo del oficio remitido a esa
dependencia judicial por el Jefe del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba, Insp. Gral. Juan Maria BOUVIER.
Y CONSIDERANDO: I) Que el mencionado Funcionario, manifiesta que existen serios inconvenientes surgidos por los engorrosos
procedimientos que en la actualidad se realizan para el traslado de internos desde los distintos establecimientos penitenciarios. Hace un
tiempo a la fecha, viene manteniendo entrevistas con personal jerárquico del Servicio Penitenciario a fin de optimizar los mismos.
Por tal motivo y atento a que se incrementaran la cantidad de Tribunales y Fiscalías de Instrucción en el edificio de Tribunales II, resultaría de
suma importancia que las citaciones se hicieran a través del correo electrónico, para poder recepcionar los pedidos por parte de la Oficina de
Coordinación y Enlace directamente, en tiempo acotado y no todos juntos a última hora como sucede en el presente. Ello se debe a que los
tribunales y Fiscalías por lo general estilan acumular durante el transcurso de la mañana la totalidad de éste tipo de requerimientos y durante el
horario en el que no hay atención al público son canalizados, lo que genera un colapso en la mencionada dependencia para su posterior
derivación a los distintos establecimientos de detención.
Concluye el Secretario Penal que él mismo ha efectuado una consulta al Área de Gestión de las Telecomunicaciones del Poder Judicial,
siéndole informado que no habría impedimento para que se les provea una dirección de correo interno, no obstante no pertenecer la Oficina
de Coordinación y Enlace al Poder Judicial.
II) Que acorde a lo manifestado por el Secretario Penal de este Alto Cuerpo; es recomendable autorizar a que se le provea a la Oficina
de Coordinación y Enlace perteneciente al Servicio Penitenciario de la Provincia a que tenga una casilla de correo electrónico (Outlook).
Asimismo, una vez que se encuentre debidamente habilitada la misma, la Secretaría Penal, deberá dictar los instructivos pertinentes,
estableciendo la metodología para la ejecución de la presente resolución, debiendo confeccionar un “formulario informático de citación”,
previamente coordinado con el encargado de la Oficina de Coordinación y Enlace, fijando el tiempo de antelación para su remisión y horario
en que deberán efectuarse las comunicaciones.
Por lo expuesto, SE RESUELVE:
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA

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