Acuerdo Reglamentario N° 508 'A'

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 179
CORDOBA, (R.A.), MARTES 13 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
veinte (20) días hábiles contados a partir de la recepción de cada prueba,
el que podrá ser prorrogado, previa solicitud debidamente fundada.
Artículo 13: ORDEN DE MÉRITO
EL Orden de Mérito se determinará teniendo en cuenta la suma total de los
puntajes alcanzados y se hará público a través del Portal de Aplicaciones
del Poder Judicial (Intranet) en la sección Concurso de Cargos, pudiendo
también acceder a la misma desde el Sitio Ocial del Poder Judicial (www.
justiciacordoba.gob.ar) o del Ministerio Público Fiscal (www.mpfcordoba.
gob.ar) y mediante transparentes en la Dirección General de Policía Ju-
dicial.
Artículo 14: OBSERVACIÓN AL ORDEN DE MERITO
LOS postulantes evaluados pueden observar fundadamente el orden de
mérito, en única instancia, dentro de los tres (3) días hábiles de su exhibi-
ción, sólo respecto de los errores materiales del procedimiento relacionado
a su puntaje, y a la inobservancia de formalidades del cumplimiento del
mismo. La apreciación técnica del mérito es irrecurrible.
Las observaciones deben ser presentadas ante la Ocina de Concursos y
Junta de Calicaciones.
En esta oportunidad el Alto Cuerpo podrá hacer correcciones de los erro-
res materiales que advierta en la asignación de puntajes en relación a los
antecedentes presentados, y así, proveer la plena aplicación y vigencia de
las previsiones que en tal sentido fueron diseñadas por este Cuerpo a los
nes de abordar el proceso de selección.
El Orden de Mérito será aprobado por el Alto Cuerpo, previa resolución de
las observaciones presentadas, y publicado en el Portal de Aplicaciones
del Poder Judicial (Intranet) en la sección Concurso de Cargos, pudiendo
también acceder al mismo desde el Sitio Ocial del Poder Judicial (www.
justiciacordoba.gob.ar) o del Ministerio Público Fiscal (www.mpfcordoba.
gob.ar).
Artículo 15: DESIGNACIÓN
LA propuesta a la cobertura del cargo, surgirá del orden de mérito resul-
tante, correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia, a propuesta del
Fiscal General, la designación del agente, cuando lo considere oportuno
en función de las necesidades del servicio.
El agente designado tendrá carácter de interino durante el plazo de seis (6)
meses, quedando supeditada su designación efectiva al informe favorable
de su superior respecto de su desempeño durante ese período.
Artículo 16.- EXCLUSIÓN
QUEDARÁ automáticamente excluido del Proceso de Concursos y sin per-
juicio de las actuaciones disciplinarias pertinentes:
a) El aspirante que personalmente o por intermedio de terceras personas
pretenda inuir en su designación;
b) Quien falsee los datos requeridos por declaración jurada;
c) Quien asuma actitudes indecorosas o irrespetuosas en el proceso de
selección;
d) Quien incumpla las pautas establecidas para el desarrollo del examen.
El Tribunal Examinador procederá al retiro de la evaluación, labrando un
acta con las constancias del caso, la que deberá ser rmada por éste,
los responsables de la Ocina de Concursos y Junta de Calicaciones, el
concursante excluido y los veedores, si hubiere.
En todos estos casos, será inhabilitado a rendir los exámenes de otros
concursos en los que estuviere inscripto, con la prohibición de presentarse
al llamado de futuros concursos, por el término de dos años, contados a
partir de acontecida la falta. Dicha resolución será irrecurrible.
Artículo 17.- VEEDORES
SE INVITA a las Asociaciones de Magistrados y Funcionarios y Gremial
de Empleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a proponer
hasta diez (10) días previos a la fecha que se establezca para el examen,
un veedor en el presente concurso, con las facultades para interiorizarse
de su tramitación y desarrollo en todo lo que no sea secreto para los as-
pirantes y formular sugerencias, conforme la modalidad que establezca el
Tribunal Examinador.
Artículo 18: PUBLICIDAD:
PUBLÍQUESE la presente Convocatoria en el Boletín Ocial de la Provin-
cia, Incorpórese en los Sitios Ociales de Internet del Poder Judicial y del
Ministerio Público Fiscal, en el Portal de Aplicaciones (Intranet) y mediante
su colocación en trasparentes de la Dirección General de Policía Judicial.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y raticación de su contenido,
rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia de la
Señora Directora General del Área de Administración a cargo de la Admi-
nistración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ
FDO. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE - LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL -
CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO, VOCAL - SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL
- ALEJANDRO OSCAR MOYANO, FISCAL GENERAL - BEATRIZ M. ROLAND DE
MUÑOZ, DIRECTORA GENERAL AREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO DE LA
ADMINISTRACION GENERAL
Anexo: http://goo.gl/QqjyNh
ACUERDO NÚMERO QUINIENTOS OCHO SERIE”A. En la ciudad de
Córdoba, a los once días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, con
la Presidencia de su Titular, Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para
resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores
Luis Enrique RUBIO, Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO y Sebastián
Cruz LOPEZ PEÑA con la intervención del Sr. Fiscal General de la Pro-
vincia Doctor Alejandro MOYANO y la asistencia de la Señora Directora
General del Área de Administración, a cargo de la Administración General,
Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
Y VISTA: La necesidad de nominar personal jerárquico en la Dirección de
Policía Cientíca dependiente del Ministerio Público Fiscal, a n de dotar
a dicha estructura de las características organizativas necesarias a su mi-
sión orgánica, como así también, coadyuvar a brindar un marco de ade-
cuadas expectativas en la carrera técnico-administrativa de sus agentes.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que corresponde establecer, en el marco de la
normativa vigente, las reglas de la convocatoria de aspirantes a cargos
jerárquicos, modalidad de la selección, publicidad del llamado a concurso,
integración del Tribunal Examinador y requisitos de presentación de los
postulantes.
2.- Que la organización encaminada por el Ministerio Público Fiscal con
relación a las diversas áreas de la Dirección General de Policía Judicial,
implican una adecuación de las mismas a la nueva estructura institucional
establecida. Ello conlleva la necesidad de contar con personal jerárquico
especializado, con acreditada solvencia y capacidad de gestión, de con-
ducción y aplicación técnica acordes a cada disciplina, que contribuya al
logro del resultado institucional requerido.
3.- Que considerando las características especiales que reviste la Direc-
ción de Policía Cientíca, el perl del cargo jerárquico requiere de aptitudes
morales, capacidad de liderazgo y conducción, así como las condiciones
especícas de cada área, que deben ser evaluadas en un proceso especial

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