Acuerdo Reglamentario N° 1767 - Serie: A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2022
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 131
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 1 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
SE RESUELVE:
I. MODIFICAR el Acuerdo Reglamentario N° 155, Serie “B” de fecha
22/04/2018, el que quedará redactado conforme al nuevo reglamento de la
Subasta Judicial Electrónica que se agrega al presente como anexo único.
II. ESTABLECER como fecha de entrada en vigencia del presente
Acuerdo, el día 1° de julio del año dos mil veintidós.
III. PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese en
la Página WEB del Poder Judicial y dese amplia difusión. Comuníquese al
Área de Administración dependiente de la Administración General del Po-
der Judicial. Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de
su contenido, rman el Señor Presidente y los Señores Vocales del Tribunal
Superior de Justicia, con la asistencia del Señor Administrador General del
Poder Judicial.
FDO.: SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA -PRESIDENTE- AÍDA LUCÍA TERESA TAR-
DITTI, MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI, Y LUIS EUGENIO ANGULO - VOCA-
LES-. LUIS MARÍA SOSA LANZA CASTELLI- ADMINISTRADOR GENERAL-
ANEXO
Acuerdo Reglamentario N° 1767 - Serie: A
En la ciudad de CORDOBA, 29/06/2022, con la Presidencia del Dr. Sebas-
tián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, María
Marta CÁCERES de BOLLATI, y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia
del señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis María SOSA
LANZA CASTELLI y ACORDARON:
Y VISTOS: 1. Lo resuelto por el Acuerdo Reglamentario N° 1765 serie A del
24/06/2022, que dispuso:
“1. ASIGNAR el Fuero Penal en “Violencia de Género”:
a. al Juzgado de Control Nº 6 de Capital, que será denominado “Juzga-
do de Control en Violencia Familiar y de Género Nº 1”, y
b. a las Fiscalías de Violencia Familiar de Primer, Segundo, Tercer y
Cuarto Turno de esta ciudad, las que se denominarán “Fiscalías de Ins-
trucción en Violencia Familiar y de Género” de Primer, Segundo, Tercer y
Cuarto Turno, respectivamente.
2. PONER EN FUNCIONAMIENTO en el ámbito de la ciudad Capital
de la Primera Circunscripción Judicial:
a. Un Juzgado de Control, que será denominado “Juzgado de Control
en Violencia Familiary de Género Nº 2”;
b. Dos “Asesorías Letradas de Víctimas”, las que serán designadas de
Turno Uno y de Turno Dos, respectivamente, y
c. Dos Fiscalías de Instrucción, que se denominarán “Fiscalías de Ins-
trucción en Violencia Familiar y de Género” de Quinto y Sexto Turno, res-
pectivamente…”.
Y CONSIDERANDO:
1. Que por un error material se consignó que la denominación de los
Juzgados y Fiscalías de que se trata sería de “Violencia Familiar y de Gé-
nero” cuando en razón de la nueva competencia y la existente debió referir-
se como de “Violencia de Género y Familiar”.
2. En su mérito es que corresponde recticar lo resuelto en los térmi-
nos antes explicitados.
3. Por todo ello, las atribuciones conferidas por el artículo 166 incisos
1 y 2 de la Constitución Provincial y artículo 12 incisos 1 y 24 de la Ley Or-
gánica del Poder Judicial, Nº 8435, y en particular en razón de lo dispuesto
por el artículo 7 de la Ley de “Creación del Fuero Penal en Violencia de
Género” Nº 10753, el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE:
1. RECTIFICAR el artículo 1 del Acuerdo Reglamentario N° 1765 serie
A del 24/06/2022, que quedará redactado como sigue:
“1. ASIGNAR el Fuero Penal en “Violencia de Género”:
a. al Juzgado de Control Nº 6 de Capital, que será denominado “Juzgado
de Control en Violencia de Género y Familiar Nº 1”, y
b. a las Fiscalías de Violencia Familiar de Primer, Segundo, Tercer y Cuarto
Turno de esta ciudad, las que se denominarán “Fiscalías de Instrucción en
Violencia de Género y Familiar” de Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Turno,
respectivamente”.
2. RECTIFICAR el artículo 2 del Acuerdo Reglamentario N°1765 serie
A del 24/06/2022, que quedará redactado como sigue:
“2. PONER EN FUNCIONAMIENTO en el ámbito de la ciudad Capital de la
Primera Circunscripción Judicial:
a. Un Juzgado de Control, que será denominado “Juzgado de Control en
Violencia de Género y Familiar Nº 2”;
b. Dos “Asesor ías Letradas de Víctimas”, las que serán designadas de Tur-
no Uno y de Turno Dos, respectivamente, y

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