Acuerdo Reglamentario Nº 175 “C” 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor31 de Agosto de 2018
EmisorPoder Judicial
VIERNES 31 DE AGOSTO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 165
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER JUDICIAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO CIENTO SESENTA Y CINCO
- SERIE “C”. - En la ciudad de CORDOBA, a veintitrés días del mes de
agosto del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su titular Dra. Aída
Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres.: Domingo Juan SESIN, María de
las Mercedes BLANC G. de ARABEL, y Sebastián LÓPEZ PEÑA, con la
asistencia del Sr. Administrador General, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG y
ACORDARON:
VISTO: La presentación efectuada por los ujieres de este Poder Judicial re-
lacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento
de las cédulas de noticación.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N° 161 - Serie
“C”, del 12/04/2018, el Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del
1º de mayo del corriente, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula
de noticación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, con-
sistente en la suma de Pesos Veinticuatro ($24,00) y dispuso además que
el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de noticación diligenciada
en el interior de la Provincia, sea de Pesos Veintiséis ($26,00). Asimismo,
determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de
noticación con carácter de “urgente” solicitadas por la parte en el proceso
judicial, el que se jó en la suma de Pesos Treinta y Siete ($37,00) para
las diligenciadas en Capital, y en Pesos Treinta y Nueve ($39,00) para las
diligenciadas en el interior de la Provincia. Que a los nes de compensar el
notable incremento registrado en el precio de combustibles en los últimos
meses, se sugiere incrementar, excepcionalmente, el valor por diligencia-
miento de cédulas de acuerdo el siguiente detalle: la suma de Pesos Veinti-
cuatro ($24,00) por cédula de noticación diligenciada en Córdoba Capital,
y de Pesos Veintiséis ($26,00) para la zona de actuación de los Ujieres en
el interior de la Provincia, y por cédulas de noticación solicitadas por la
parte con carácter de “urgente”, la suma de Pesos Treinta y Siete ($37,00)
para Capital y Pesos Treinta y Nueve ($39,00) para el interior. Por todo ello,
y conforme la intervención del Director del Area de Servicios Judiciales, Cr.
Raúl Horacio SANCHEZ;
SE RESUELVE:
1.- DEJAR sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Regla-
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 175 “C” ....................................pag. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1322 ..................................................................pag. 1
Decreto Nº 1321 ..................................................................pag. 2
Decreto Nº 948 ....................................................................pag. 3
Decreto Nº 749 ....................................................................pag. 3
Decreto Nº 471 .....................................................................pag. 4
ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
APROSS
Resolución N° 303 ................................................................pag. 4
continua en pagina 2
mentario N° 161/18 - Serie “C”, del Tribunal Superior de Justicia.
2.- ESTABLECER en la suma de Pesos Treinta ($30,00) el valor aran-
celario a cobrar por cédula de noticación diligenciada en Sede Judicial
de Córdoba Capital, y en Pesos Treinta y Cuatro ($34,00) por cédula de
noticación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este
Poder Judicial, a partir del 1º de septiembre próximo.
3.- DISPONER un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las
cédulas de noticación con carácter de “urgente” solicitadas en el proceso
judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Cuarenta y Ocho
($48,00) para las diligenciadas en Capital y en Pesos Cincuenta ($50,00)
para las diligenciadas en el interior de la Provincia, a partir del 1º de sep-
tiembre próximo.
4.- DISPONER que las etiquetas adquiridas con el arancel establecido
por Acuerdo Reglamentario Nº 161/2018 – Serie “C”, tendrán validez única-
mente hasta el 30/09/2018.
5.- PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba. Co-
muníquese a los Colegios de Abogados, Federación de Colegios de Abo-
gados y dése la más amplia difusión. Con lo que terminó el acto que previa
lectura y raticación de su contenido
FDO: LA SEÑORA PRESIDENTE Y LOS SEÑORES VOCALES DRA. AÍDA LUCÍA
TERESA TARDITTI, DRES.: DOMINGO JUAN SESIN, MARÍA DE LAS MERCEDES
BLANC G. DE ARABEL, Y SEBASTIÁN LÓPEZ PEÑA, CON LA ASISTENCIA DEL
SR. ADMINISTRADOR GENERAL, LIC. RICARDO J. ROSEMBERG.
PODER EJECUTIVO
Córdoba, 23 de agosto 2018
VISTO: el Expediente Letra “P” Nº 2/2018 del Registro del Tribunal de Dis-
ciplina Notarial de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Escribana Rosa Lidia PALACIOS,
Titular del Registro Notarial Nº 97 con asiento en la Ciudad de Brinkmann,
Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, propone como Adscripto
al Escribano Augusto Esteban CORAGLIA, Matrícula Profesional Nº 2578.
Que obra la petición de la Escribana Titular y la conformidad del pro-
puesto como Adscripto, adjuntándose sus datos personales y profesiona-

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