Acuerdo Reglamentario Nº 1705 - Serie “A” 1º Sección: Legislación – EDICIÓN EXTRAORDINARIA

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Junio de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EDICIÓN EXTRAORDINARIA - AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 111
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que, tanto Nación como la Provincia de Córdoba, han adoptado dife-
rentes medidas para disminuir la actividad en todas las ocinas del Estado,
con excepción de las áreas críticas esenciales y necesarias en la situación
de emergencia que se atraviesa, como son las áreas de seguridad, salud
y defensa nacional.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba adhirió a la Emergencia
Pública Sanitaria declarada por el Estado Nacional, a través del dictado de
la Ley N° 10.690.
Que asimismo, y en consonancia con lo hasta aquí expuesto, el Go-
bierno de la Provincia de Córdoba decidió adherirse mediante Decreto N°
461/2021a las medidas nacionales y dispuso receso administrativo durante
el lapso comprendido entre los días 22 de mayo de 2021 y hasta el día
30 de mayo de 2021, inclusive, permaneciendo la Administración Pública
Provincial cerrada y sin atención al público durante el período mencionado.
Medida que luego fue prorrogada hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive.
Que, esta Legislatura de la Provincia de Córdoba adhirió mediante
Decreto N° 108/2021, a las medidas adoptadas y dispuso receso admi-
nistrativo en al ámbito de la Legislatura de la Provincia de Córdoba desde
el día 22 de mayo de 2021 y hasta el día 30 de mayo de 2021 inclusive,
exceptuándose solamente aquellas áreas que deban cubrir servicios que
resulten indispensables y necesarios y/o resolver cuestiones de emergen-
cia que pudieran plantearse y mediante Decreto Nº 114/2021, el mismo se
prorrogó hasta el día 11 de junio de 2021, inclusive.
Que, asimismo se facultó a la señora Secretaria Administrativa para
adoptar las medidas necesarias y adecuadas para garantizar la atención
de dichas situaciones en forma total o parcial durante el período de receso
administrativo, proceder al debido registro del personal legislativo que re-
sulte afectado al plan de contingencias correspondiente y determinar que
procedimientos administrativos quedarán exceptuados de la declaración
de días inhábiles.
Que, a n de brindar seguridad jurídica a los administrados, se decla-
raron inhábiles a los nes del procedimiento administrativo, los días com-
prendidos entre el 22 de mayo y el 11 de junio de 2021.
Que, a través del Decreto N° 546/2021 de fecha 04 de junio de 2021, el
Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, dispuso la prórroga del receso
administrativo hasta el día 18 de junio de 2021, inclusive.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde en esta instancia, prorrogar
el receso administrativo dispuesto en el ámbito de la Legislatura de la Pro-
vincia de Córdoba, con las mismas modalidades y excepciones previstas
anteriormente.
Por ello, lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento Interno de la
Legislatura de la Provincia de Córdoba, las normas citadas y en uso de sus
atribuciones;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA,
EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA
LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
Artículo 1°.- EXTIÉNDESE el receso administrativo en el ámbito de la
Legislatura de la Provincia de Córdoba, dispuesto por Decreto N° 108/2021
y prorrogado por Decreto N° 114/201, hasta el día 18 de junio de 2021
inclusive, en las mismas condiciones actualmente vigentes.
Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE al señor Jefe del Destacamento Legis-
latura Provincial para la disposición del personal policial de la Provincia
de Córdoba, afectado a la seguridad del Palacio Legislativo y anexos, y
exceptuado del presente régimen.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - ANA CAROLINA COM-
BA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL SETECIENTOS CINCO
SERIE “A.
En la ciudad de Córdoba, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil
veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se
reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RU-
BIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, María Marta CÁCERES
de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con intervención del Sr. Fiscal General
de la Provincia Dr. Juan Manuel DELGADO y la asistencia del Señor Adminis-
trador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La declaración de pandemia efectuada por la Organización Mundial
de la Salud que ha provocado la irrupción del COVID-19 (coronavirus), el es-
tado de emergencia sanitaria establecido por Ley N° 27.541 que mereció ad-
hesión por parte de la Legislatura Provincial por Ley N°10.690 del 18/03/2020,
las prevenciones adoptadas por los Poderes Ejecutivos Nacional y Provincial
en el marco de la crisis sanitaria (Decretos Poder Ejecutivo Nacional de Nece-
sidad y Urgencia –DNU- números 260/2020, 297/2020, 325/2020, 355/2020,
408/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020, 576/2020, 605/2020, 641/2020,
677/2020, 714/2020, 754/2020, 792/2020, 814/2020, 875/2020, 956/2020,
1033/2020, 04/2021, 67/2021, 125/2021, 167/2021, 168/2021, 235/2021,
287/2021 y 334/2021 y Decretos provinciales números 195/2020, 235/2020,
245/2020, 280/2020, 323/2020, 370/2020, 405/2020, 469/2020, 520/2020,
538/2020, 596/2020, 621/2020, 673/2020, 714/2020, 731/2020, 794/2020,
848/2020, 888/2020, 42/2021, 281/2021, 378/2021 y 461/2021 entre otros); así
como la situación epidemiológica y las medidas anunciadas por el Gobierno de
la Provincia de Córdoba en el día de la fecha.
Y CONSIDERANDO:
1. Que este Tribunal Superior teniendo en cuenta la emergencia sani-
taria y su desarrollo ha dispuesto una serie de medidas tanto de cuidado
de su personal como de la comunidad judicial en su conjunto; así como
disposiciones tendientes a la necesaria, progresiva y adecuada prestación
del servicio de Justicia (Compendio normativa Poder Judicial Emergen-
cia Sanitaria Covid19 https://leyesadmin.justiciacordoba.gob.ar/deposito/
ACUERDOS/Compendio%20normativa%20Poder%20Judicial%20Emer-
gencia%20Sanitaria%20Covid.pdf).
2. En dicho contexto, se dispuso la prestación de un “servicio de justicia en
la emergencia por razones sanitarias” (cfr. Acuerdo Reglamentario –AR- 1623 A

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